¿Es el problema el tope de indemnización o más bien las causales de despido?
Por Jorge Arredondo, Socio Líder del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik (az)
Recientemente, la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó avanzar en la tramitación del proyecto de ley que busca eliminar el tope de 11 años de servicio para la indemnización legal que procede tras la finalización de un contrato de trabajo, invocando ciertas causales (necesidades de la empresa y desahucio escrito del empleador). La gran pregunta es si el problema de nuestra legislación laboral, en lo que dice relación con la terminación del contrato de trabajo, está en el tope de las indemnizaciones o si más bien en las causales de despido que tenemos en nuestro país.
Actualmente, en Chile las causales de terminación del contrato de trabajo pueden producirse, a grandes rasgos, por tres supuestos. Las primeras son las objetivas: entre las que destaca, la renuncia, el mutuo acuerdo, la muerte del trabajador y el vencimiento de plazo. Todas, donde en principio, no da derecho a indemnización legal, a no ser que se pacte convencionalmente o el empleador decida voluntariamente efectuar algún tipo de pago. Las segundas son por conductas imputables al trabajador en el desempeño de sus funciones, como pudiese ser la falta a probidad, el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, inasistencias injustificadas en ciertos supuestos, entre otras. Y, finalmente, están las necesidades de la empresa y el desahucio. Estas últimas sí incluyen indemnización legal.
Como se sabe, las indemnizaciones legales tienen un tope, en su base de cálculo, de 90 UF y de 11 años de servicio, excepto si es que el trabajador comenzó a trabajar en dicha empresa antes del 14 de agosto de 1981. Este es el tope legal, pero nada impide que puede existir un acuerdo individual o colectivo para que no haya un tope.
Ante la discusión que se está realizando actualmente, es importante tomar en cuenta que hoy solo el 17% de la población lleva trabajando más de 11 años con el mismo empleador (según datos aportados por el Diputado Giordano, del Frente Amplio, en la discusión de la comisión de fecha 15 de Julio) y solo 18% de las causales de terminación de contrato de trabajo en Chile ha sido, desde 01 julio 2024 al 30 junio 2025, por necesidades de la empresa. Por lo tanto, aunque las leyes deben tener una vocación de generalidad, este proyecto de ley legisla para un nicho sumamente reducido.
Ante lo anteriormente expuesto, la pregunta debería ser más bien si actualmente las causales de término de contrato son las correctas. Por ejemplo, desde el año 2001 no se puede esgrimir la causal de falta de adecuación técnica para justificar el despido de un trabajador, es decir, que el empleado no cumplió con el perfil requerido. A su turno, la causal de necesidades de la empresa tiene como fundamento motivos exógenos a la prestación de servicios del trabajador, es decir, a cuestiones organizacionales que hacen necesario el despido, lo que muchas veces conduce después a litigios iniciados por extrabajadores por considerar improcedente la causal esgrimida. Una judicialización que en ocasiones es absurda y que podría y debería evitarse, al considerar el nivel de colapso que sufren hoy los tribunales laborales por la cantidad de causas.
Tomando en cuenta los hechos expuestos, pareciera que el problema no está solo en el tope legal de las indemnizaciones, sino que en las causales de despido. Así, parecería sensato buscar soluciones que analicen todos los supuestos en que incide la terminación del contrato de trabajo en Chile.