Mercados
Cobro de comisión de cuentas vista se ajustará a necesidades de clientes
Ley promueve mayor inclusión financiera.
Por: | Publicado: Jueves 29 de marzo de 2012 a las 05:00 hrs.
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Desde hoy quienes accedan a la oferta de cuentas vista podrán contar con diversas alternativas, de acuerdo a sus necesidades, para el cobro de la comisión por el uso del producto.
Así lo anunciaron ayer el ministro de Hacienda, Felipe Larraín y el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras, Raphael Bergoeing.
El objetivo, precisó el regulador, es que según las modalidades ofrecidas por dichas entidades, se efectúen cobros según el tipo de transacción que se realice en la cuenta “en la medida en que se establezca un límite anual para la suma de tales cobros, quedando libres de pago las operaciones efectuadas en lo que resta del período anual luego de alcanzar ese límite”.
Por su parte, el titular de Hacienda, precisó que “se podrá cobrar de las dos formas, por monto fijo o por transacción, y eso será algo que se podrá optar libremente entre el oferente y la persona que tome este producto”.
¿Qué sucedía antes?
Antes de publicarse esta nueva disposición legal, los giros y depósitos en una cuenta a la vista sólo podían remunerarse con una comisión de administración anual del producto. “Si bien esa disposición se estableció en su oportunidad atendiendo el interés de los titulares, en la práctica se evidenciaron dificultades para tarificar las cuentas que tienen pocos movimientos y bajo monto”, detalló la Sbif.
Por ello, ahora los entes financieros podrán realizar cambios a sus tarifas por ese concepto, pero siempre informando al cliente el monto total anual máximo que éste deberá desembolsar.
Así lo anunciaron ayer el ministro de Hacienda, Felipe Larraín y el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras, Raphael Bergoeing.
El objetivo, precisó el regulador, es que según las modalidades ofrecidas por dichas entidades, se efectúen cobros según el tipo de transacción que se realice en la cuenta “en la medida en que se establezca un límite anual para la suma de tales cobros, quedando libres de pago las operaciones efectuadas en lo que resta del período anual luego de alcanzar ese límite”.
Por su parte, el titular de Hacienda, precisó que “se podrá cobrar de las dos formas, por monto fijo o por transacción, y eso será algo que se podrá optar libremente entre el oferente y la persona que tome este producto”.
¿Qué sucedía antes?
Antes de publicarse esta nueva disposición legal, los giros y depósitos en una cuenta a la vista sólo podían remunerarse con una comisión de administración anual del producto. “Si bien esa disposición se estableció en su oportunidad atendiendo el interés de los titulares, en la práctica se evidenciaron dificultades para tarificar las cuentas que tienen pocos movimientos y bajo monto”, detalló la Sbif.
Por ello, ahora los entes financieros podrán realizar cambios a sus tarifas por ese concepto, pero siempre informando al cliente el monto total anual máximo que éste deberá desembolsar.