Retiro de fondos de AFP: Corte de Apelaciones ya tiene fallo en caso emblemático de enfermera de Punta Arenas
El año pasado, Beatriz Valenzuela le solicitó a AFP Habitat retirar sus fondos para pensión.
Por: Constanza Ramos Taky
Publicado: Lunes 8 de junio de 2020 a las 16:40 hrs.
Dependiendo de a quién favorezca el fallo, las partes luego podrán apelar a la Corte Suprema.
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Uno de los casos de rescate de ahorros previsionales más conocidos podría tener pronto un final en la justicia.
En julio del año pasado, la enfermera Beatriz Valenzuela ingresó un recurso de protección en contra de AFP Habitat, luego de que la administradora rechazara su petición de rescatar sus fondos previsionales. El caso llegó hasta el Tribunal Constitucional, entidad que en diciembre pasado resolvió rechazar por unanimidad el requerimiento de la enfermera de Punta Arenas.
Tras esto, la causa volvió a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y la semana pasada, los abogados de ambas partes realizaron sus alegatos. Tras escucharlos, la Corte certificó que la causa quedó en estado de acuerdo. Esto quiere decir, que ya tomaron la decisión del fallo pero falta redactar la sentencia. Dependiendo de a quién favorezca el fallo, las partes luego podrán apelar a la Corte Suprema.
Valenzuela, de 60 años, es funcionaria de Atención Primaria de Salud Municipal y mantiene en su saldo un ahorro previsional total de poco más de $ 51 millones. Sin embargo, al solicitar una simulación para ver cuánto dinero recibirá al pensionar, se encontró con que la cifra sería de $ 200 mil, monto bastante inferior al sueldo actual que recibe, de poco más de $ 1 millón.
Valenzuela vive en Punta Arenas y lleva cerca de 40 años cotizando en el sistema de AFP, cuando en 1981 ingresó al actual sistema previsional. Es madre soltera y arrienda una propiedad donde vive con su hija y nieta. Mensualmente sus gastos básicos rondan los $ 420 mil.
Alegatos de Habitat
La defensa de la administradora en primer lugar argumentó que hay extemporaneidad de la acción interpuesta por Valenzuela. "La recurrente (enfermera) relata que recién el 10 de julio de 2019 tomó conocimiento de la negativa de mi representada (AFP Habitat) de aceptar la solicitud de devolución de sus fondos previsionales", detalla.
Y es que el alegato remarca que es de público conocimiento que conforme al DL 3.500 "nunca ha sido posible devolver los fondos previsionales a los afiliados a las AFP, si no es para destinarlos a los fines establecidos en la Ley (...) No es posible, por lo tanto, que AFP Habitat, sin transgredir la Constitución y las leyes, pudiera acceder a una petición como la que ha formulado la recurrente", se sostiene.
Asimismo, declaró que no existe un acto ilegal de parte de la administradora, ya que "sólo aplicó la legislación vigente y no podría haber dado una respuesta distinta, pues en ese caso sí habría actuado infringiendo la ley".
Por último, se indicó que no hay un acto arbitrario alguno ya que "la arbitrariedad supone la capacidad de optar entre alternativas distintas y elegir una sin fundamento o base. En este caso, mi representada (Habitat) no tenía alternativa y a cualquier persona que solicite lo mismo necesariamente se le tiene que dar la misma respuesta", precisa.
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