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REGÍSTRATE AQUÍAFP Modelo se había negado a la petición de su cliente de que se le entreguen sus ahorros.
Por: Constanza Ramos Taky
Publicado: Lunes 7 de octubre de 2019 a las 11:50 hrs.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por un afiliado de AFP Modelo por la negativa a devolver la totalidad de sus fondos al momento de su jubilación.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada consideró que no hay actuar arbitrario de la AFP, ya que los dineros depositados en la cuenta de capitalización sólo están destinados al financiamiento de pensiones.
El fallo detalla que la normativa señala el destino de las cotizaciones previsionales, "es específico y no puede ser modificado ni a solicitud del afiliado ni por decisión de la entidad que administra el fondo".
Asimismo, sostiene que en este caso el propósito es el financiamiento de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de su titular, sin que las Administradoras de Fondos de Pensiones estén facultades para alterar el destino definido en la ley. "El recurrente es propietario de los dineros despositados en su cuenta de capitalización individual y podrá disponer de ellos en la época y forma que establece el sistema previsional vigente", dice el fallo.
Por último, agrega que el rechazo a entregar al afiliado el monto de las cotizaciones previsionales "no es arbitrario, pues no obedece al mero capricho de la recurrida, por el contrario, se ajusta a la normativa vigente, pues se limita a respetar el sistema regulado en el Decreto Ley Nº 3.500, de 1980 y, específicamente, las normas transcritas que establecen la finalidad del fondo de cotización obligatoria, los requisitos para acogerse a jubilación o para obtener los beneficios regulados en el citado decreto, sin que el actuar de la recurrida adolezca de ilegalidad alguna o de falta de razón desde que con su proceder solo cumple con el sistema previsional actual, dictado conforme lo autorizó la Constitución Política de la República".
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