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Convención reformula Banco Central: más consejeros, elegidos por ADP y fija 18 meses de incompatibilidades

La comisión de Sistemas de Justicia también estableció que la destitución de consejeros será por mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Miércoles 30 de marzo de 2022 a las 12:19 hrs.
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Una cirugía mayor a la estructura y conformación del consejo del Banco Central realizó la comisión de Sistemas de Justicia y Órganos Autónomos al aprobar una serie de modificación a la regulación actual del instituto emisor, elevando el número de consejeros a siete, eliminando la participación del Presidente de la República en las designaciones y fijando inhabilidades e incompatibilidades 18 meses antes y después de ejercer el cargo de consejero.   

También se aprobó que las designaciones de consejeros sean mediante una terna del sistema ADP que debe aprobar el Congreso y que el presidente del instituto emisor será elegido entre los integrantes del consejo. Todos estos cambios deben ser aprobados por el pleno en las próximas semanas y de lograr los 103 votos favorables pasarán al borrador de nueva constitución.

Respecto al Consejo del Banco Central se estableció que “la dirección y administración superior del Banco estará a cargo de un Consejo que estará integrado por siete consejeras y consejeros designados por la mayoría de los integrantes del Congreso, a partir de ternas propuestas por el Consejo de la Alta Dirección Pública”.

Durarán en el cargo por un período de nueve años, no reelegibles, renovándose por parcialidades cada tres años en conformidad a la ley. Se precisa que “los consejeros del Banco Central deben ser profesionales de comprobada idoneidad y trayectoria en materias relacionadas con las competencias de la institución”. Para su designación se considerarán criterios de paridad de género y representación territorial. Y el Consejo elegirá a su Presidencia la que será ejercida por tres años o el tiempo menor que le reste como consejero. Quien presida el Consejo podrá ser reelegido para un nuevo periodo en el cargo. La ley determinará los requisitos, responsabilidades, inhabilidades e incompatibilidades para las y los consejeros del Banco.

Sobre la destitución de consejeros se establece que “podrán ser destituidos de sus cargos por resolución de la mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema, previo requerimiento de la mayoría de quienes ejerzan como consejeros o de un tercio de los congresistas”.

La remoción “sólo podrá fundarse en la circunstancia de que el consejero afectado hubiere realizado actos graves en contra de la probidad pública, o haber incurrido en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en la Constitución o la ley, o haya concurrido con su voto a decisiones que afectan gravemente la consecución del objeto del Banco. La persona destituida no podrá ser designada nuevamente como integrante del Consejo, ni ser funcionaria o funcionario del Banco Central o prestarle servicios, sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley”.

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Norma más polémica

Pero una de las normas que más discrepancias generó en la comisión fue la relativa a las inhabilidades e incompatibilidades de los consejeros al fijar en 18 meses el plazo de “enfriamiento” para llegar al cargo y al momento de cesar en las funciones. 

El texto expresa que “no podrán integrar el Consejo quienes en los dieciocho meses anteriores a su designación hayan participado en la propiedad o ejercido como director, gerente o ejecutivo principal de una empresa bancaria, administradora de fondos, o cualquiera otra que preste servicios de intermediación financiera, sin perjuicio de las demás inhabilidades que establezca la ley. Una vez que hayan cesado en sus cargos, los integrantes del consejo tendrán la misma incompatibilidad por un periodo de dieciocho meses.”

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El convencional Mauricio Dazza (Independiente), uno de los autores de la mayoría de las normas aprobadas, indicó que “buscamos más y mejor autonomía de esta entidad, se habla de esta pared entre BC y el gobierno de turno, pero poco se ha atendido lo relativo a la pared que debemos establecer respecto del BC respecto a los principales operadores de mercado. Nos estamos haciendo cargo también de la puerta giratoria”.

En tanto Ruggero Cozzi (RN) sostuvo que “puede ser razonable aumentar los consejeros, pero estoy en desacuerdo para la elección de consejeros en el congreso, porque se elimina al Presidente y se le pasa la responsabilidad a la Cámara más política”. Y advirtió que “hay que tener cuidado en el artículo transitorio cuando se agreguen los consejeros, porque no quisiéramos que se haga un cálculo político para alterar los actuales equilibrios del BC”.

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