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DF Tax | Conveniencia de un impuesto al patrimonio: efectos al corto, mediano y largo plazo

Esteban García Nadal, socio fundador de García Nadal Abogados.

Por: Esteban García Nadal | Publicado: Jueves 20 de agosto de 2020 a las 04:00 hrs.
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Esteban García Nadal

Dentro de las diversas medidas tributarias que se han propuesto a fin de contribuir a engrosar las arcas fiscales, ante la grave crisis económica y social provocada por el Covid-19, una de las más polémicas y controvertidas, sin duda, ha sido aquella por la cual se propone gravar los patrimonios personales cuya cuantía exceda de los USD$22.000.000, por única vez, con un impuesto equivalente al 2,5%, denominada coloquialmente como "ley de impuesto a los super ricos".

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Dicha medida, cuya implementación requeriría de una reforma constitucional, permitiría que el Fisco recaudase, conforme a las proyecciones que se ha presentado para avalarla, recursos por un monto aproximado de USD$6.500.000.000, que contribuirían al financiamiento de diversas medidas de apoyo a la economía y, muy particularmente, a los segmentos vulnerables de la población. Sin embargo, y dejando de lado las consideraciones de carácter político que resultan subyacentes a toda propuesta legislativa, cabe señalar -a un nivel estrictamente técnico- que el fin no siempre justifica los medios, y que los medios, a mayor abundamiento, terminan por incidir de manera directa en la real consecución de los fines, especialmente cuando se observan los efectos de las medidas adoptadas a mediano y largo plazo.

Y es que en efecto, el riesgo que subyace a la propuesta antes señalada, es que ésta efectivamente podría resultar útil para la finalidad de obtener recursos fiscales de manera expedita, en un corto plazo, que bien podrían ser utilizados en medidas que contribuyan a la contención de los efectos inmediatos de la crisis económica, destinándolos a prestar ayuda a ciertos segmentos de la población, pero, en el mediano y largo plazo, la situación cambia, al punto que lo más probable es que repercuta en un perjuicio fiscal mayor al eventual beneficio que podría aparejar.

Al respecto, debe considerarse que las personas de alto patrimonio son quienes más contribuyen a las arcas fiscales con el pago de impuestos, no sólo por cuanto el tener un mayor ingreso les permite un mayor gasto en el consumo de bienes y servicios -y por tanto, una mayor contribución en el pago de IVA- sino, muy especialmente, debido a que sus ingresos ya se encuentran gravados con el impuesto a la renta, que al revestir un carácter progresivo y por tramos, repercute en que ya sean quienes más ganan quienes más contribuyan al erario público (basta con advertir que quienes se encuentran en el tramo más alto del Impuesto Global Complementario deben tributar por un 40%). ¿Por qué, entonces, gravar sus patrimonios?

Si a lo expuesto precedentemente se añaden los pagos que, además, deben ser efectuados por contribuciones por las propiedades que tengan inscritas a su nombre, y el eventual impuesto a la herencia, no resultaría sorprendente que una propuesta tributaria como la señalada condujese a un éxodo de las personas de alto patrimonio, y a un desincentivo para que éstas se radiquen, inviertan y conserven su patrimonio dentro del país, debido al coste tributario y, muy particularmente, a la incerteza de la incorporación de nuevos tributos, como el que ahora se propone, que grava activos que ya han tributado en lugar de nuevos ingresos (y, que en dicho sentido, constituiría un "doble" o "triple" tributo).

El coste fiscal de dicha eventualidad, qué duda cabe, puede exceder con creces a los beneficios que este impuesto excepcional aportaría, y se proyectarían tanto en el mediano como en el largo plazo, por un lapso indefinido.

Frente a aquel riesgo, resultaría aconsejable, a un nivel técnico, considerar una modificación del enfoque: más que gravar el patrimonio de los denominados súper ricos, se debiera evaluar efectuar exenciones tributarias para los segmentos de población más vulnerables, o rebajar el IVA en productos de primera necesidad. En definitiva, atender a las problemáticas de hoy, pero sin perder de vista el mañana.

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