Click acá para ir directamente al contenido
Cartas

Cartas al Director

Por: Equipo DF

Publicado: Martes 10 de abril de 2018 a las 04:00 hrs.

Lucro

Señora Directora:

Alguien dijo que el lucro en la educación seguirá existiendo si se elimina el artículo 63 ya que, en ese caso, el gato quedaría al cuidado de la carnicería. Eso no es así, ya que la carnicería del barrio la cuida el carnicero, que en este caso es la futura Superintendencia. Si se cree que ese ente no será capaz de hacer su trabajo evitemos gastar los escasos recursos en algo inútil y veamos cómo mejorarla antes de que nazca. Pero decir que sin el artículo 63 el lucro sigue existiendo es como decir que, para proteger la carnicería, en el barrio deben prohibirse los gatos.

José Luis Hernández Vidal

Lula

Señora Directora:

Al parecer el fin político de Lula da Silva no será por las urnas, lo

cual se esperaba en las próximas elecciones, sino por los tribunales

al encontrar antecedentes claros para procesarlo y condenarlo por

corrupción. Recordemos que a inicios de 2002 muchos veían en Lula da Silva un nuevo referente de la izquierda latinoamericana, impulsor de un foro político transnacional conocido como “Foro de Sao Paulo”, que buscaba coordinar distintas fuerzas en la región. Sin embargo, al parecer, el Estado de Derecho tantas veces pisoteado vio la luz y en Brasil se aplicará una condena ejemplar. Queda ver cuántos de sus “jerarcas” serán condenados en los próximos meses. Esperemos que sea el inicio de un proceso de justicia para un país como Brasil, tan poco equitativo y con tanta burocracia innecesaria.

Federico Urra

Incertidumbre jurídica

Señora Directora:

Para nadie es un misterio que la cláusula anti elusiva genérica es un foco de incertidumbre jurídica, que afecta al desarrollo de los negocios. Por lo mismo, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha pretendido, con una buena intención, establecer ciertos marcos teóricos mediante ejemplos contenidos en el catálogo -en su versión 1 y 2- que permitan encauzar dicha norma. No obstante, es conveniente resaltar dos ideas.

La primera es que el SII no es el llamado a legislar, pues para ello está el Congreso y el Presidente, por tratarse de normas de iniciativa exclusiva. La segunda, resulta indispensable otorgar un correcto conjunto de normas que regule y analice con una visión internacional los efectos de las reorganizaciones corporativas buscando equilibrios, de manera de evitar que se generen tanto perjuicios fiscales en dichos actos, como también perjuicios para los contribuyentes respecto de situaciones que, de no mediar las actuales normas, no tendrían efectos tributarios. Necesitamos legislar en específico respecto de aquellas materias que requieren una actualización acorde a los tiempos, evitando con ello la incertidumbre jurídica que genera una norma ambigua.

Cristián González
socio Tax & Legal de Kreston MCA

Te recomendamos