Cartas

Dedecon: Proactivos, no reactivos

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Señor Director:

En la columna “La multijurisdicción sin dictación de ley. Un error del SII”, de los abogados Eric Donoso y Paula Espinosa, se plantea cierta desidia o silencio de la Defensoría del Contribuyente ante la autorización a los fiscalizadores del Servicio a actuar fuera de su competencia territorial.

Es válida la preocupación sobre una “inexistente” opinión de la institución que encabezo, pero un organismo del Estado no puede saltarse los procedimientos regulados por la ley. Y aquí se han seguido los pasos correspondientes.

Primero, publicada la resolución exenta N°117, iniciamos el estudio de los efectos que podría generar en las y los contribuyentes. Luego, previo análisis junto a nuestro Consejo, mediante oficio solicitamos al SII un pronunciamiento sobre eventuales vulneraciones de derechos, cómo serán protegidos y los fundamentos legales y de hecho que motivaron dicho acto administrativo.

Lo que corresponde es esperar la respuesta del Servicio, tal como lo señala nuestro marco legal, antes de hacer público nuestro informe. Trabajaremos para mejorar continuamente para que las y los contribuyentes sepan que velamos por sus derechos, siempre.

Ricardo Pizarro

Defensor Nacional del Contribuyente

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