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Caso Audios: cohecho, soborno, evasión y elusión

Juan Alberto Pizarro Presidente Comisión Tributaria, Colegio de Contadores de Chile

Por: Juan Alberto Pizarro | Publicado: Miércoles 22 de noviembre de 2023 a las 04:00 hrs.
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Juan Alberto Pizarro

El caso del audio del abogado Luis Hermosilla y su cliente empresario, publicado por CIPER, deja al descubierto una telaraña de probables ilícitos que van del cohecho a la evasión, pasando por sobornos y coimas, que son un verdadero misil a la confianza de la ciudadanía tanto en el sector privado como público.

En materia de ilícitos tributarios, desde la caja negra para financiamiento de la política a la caja negra para sobornos, es largo el camino recorrido a partir del paradigmático caso Penta -que conjugó evasión, elusión y corrupción- hasta casos recientes de cohecho del SII en los que la propia autoridad fiscal sanciona a un ex funcionario de la región de Coquimbo de acuerdo al artículo 97 N°4 Inciso 3° del Código Tributario.

“Es importante precisar los términos, ya que la ambigüedad conceptual no aporta a tomar buenas decisiones para mejorar, y al calor de la conmoción pública por este bullado caso se ha dicho de todo”.

En todos estos casos se busca vulnerar la ley o estar a su límite para un fin de enriquecimiento propio. No obstante este factor común, la dimensión de los distintos probables delitos que se desprenden de la conversación del audio puede ser distinta. Por tanto, si bien existe una investigación en curso para determinar las responsabilidades, es importante precisar los términos, ya que la ambigüedad conceptual no aporta a tomar buenas decisiones para mejorar.

Vamos por parte, porque en el calor de la conmoción pública por el caso Audios se ha dicho de todo. Altos personeros de Estado indicaron que “estamos frente a una mafia de la evasión” y también “no hay maniobra más siniestra que una reunión en la que se articula la elusión”.

Debemos precisar que “evasión” y “elusión” no son lo mismo, aunque ambos son repudiables como mecanismos para evitar el pago de impuesto. Pues bien, la evasión es la acción que se produce cuando un contribuyente deja de cumplir con su declaración y pago de impuestos; puede ser voluntaria o involuntaria, darse en negocios formales o en las sombras de la informalidad, que la explica en gran medida. La elusión, por su parte, supone usar instrumentos legales para pagar la menor cantidad de impuestos posible, pudiendo ser catalogada de ilícita de no mediar una razón de negocio o de existir abuso o simulación en la forma para fines impositivos.

Por último, el cohecho es la acción de sobornar a un funcionario público para obtener un fin que beneficia a quien soborna. Cuando el cohecho se da sobornando a un fiscalizador representante de la autoridad fiscal, se configura un delito que, de no mediar una acción rápida de la propia autoridad, puede pulverizar la confianza, incluso generar un problema de legitimidad del sistema tributario.

En momentos en que el caso audio aún genera impacto en la opinión pública es importante que “las ramas no impidan ver el bosque” y que no paguen justos por pecadores: la gran mayoría de los funcionarios públicos como los empresarios entrega un trabajo honesto y de valor al país. Por tanto, bien vale elevar los estándares de compliance en SII y materia de evasión avanzar en fortalecer la acción del servicio, pero con estricto apego a los derechos de los contribuyentes y debido proceso.

Tal como dijo la exdefensora del contribuyente de EEUU en su visita a Chile, las agencias de impuestos se meten en problemas cuando “clasifican” a los contribuyentes como “malos actores”.

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