Cuando el contrato deja de ser justo: advertencia sobre prácticas abusivas
RAÚL TORO GONZÁLEZ Socio en Carrasco, Toro & Cía.
En tiempos donde se promueve la ética corporativa y la responsabilidad empresarial, resulta urgente alertar sobre una práctica silenciosa pero devastadora: los abusos contractuales.
El artículo 1440 del Código Civil chileno establece que todo contrato oneroso debe generar utilidad para ambas partes. Si solo beneficia a una, se convierte en un contrato gratuito. Este principio no es debatible: es un dogma jurídico.
“En nombre de la eficiencia o la optimización de márgenes, algunos actores usan el contrato para asegurar beneficios unilaterales”.
Sin embargo, en la práctica esta regla se vulnera cada vez más. En nombre de la eficiencia o la optimización de márgenes, algunos actores usan el contrato para asegurar beneficios unilaterales, bloqueando toda posibilidad de ganancia para la contraparte. Hablamos de acuerdos donde una empresa siempre gana, y otra inevitablemente pierde.
Esto ocurre con especial frecuencia cuando existe un desequilibrio de poder económico o estratégico. La parte dominante impone condiciones nocivas como márgenes operativos mínimos, penalidades desproporcionadas por “errores”, y la total ausencia de consecuencias ante sus propios incumplimientos.
El resultado es una estructura contractual que impide la utilidad para una parte y la condena a sobrevivir solo con flujo de caja.
Ese flujo —tan necesario— se convierte en una trampa. Permite endeudarse, acceder a crédito, “aguantar” unos meses más. Pero el final suele ser siempre el mismo: default. Primero se retrasan pagos a proveedores, luego a la Tesorería, después a las AFP, y finalmente a los bancos. La caída es progresiva, pero segura.
Lo más preocupante es que, en ciertos casos, esto no es fruto del descuido, sino del cálculo. La parte poderosa sabe que el contrato no es rentable a su contraparte, y aun así lo impone. A veces, incluso accede a su información sensible antes de definir condiciones, configurando un claro conflicto de interés.
Hay que decirlo: esto no sólo es inmoral. Es ilegal.
El contrato oneroso debe generar utilidad para ambas partes. Las empresas con verdadero compliance y gobiernos corporativos responsables no deben permitirlo. Y muchas, afortunadamente, no lo hacen.
Pero el riesgo sigue presente. Por eso esta alerta es urgente. Quienes creemos en un país más justo, competitivo y con un ecosistema de emprendimiento sano, no podemos callar frente a estas formas modernas —y sofisticadas— de abuso.
El contrato debe ser un espacio de cooperación, no de sometimiento. Si olvidamos eso, no fallamos solo como abogados o empresarios. Fallamos como sociedad.