DF Tax | Una contribución al debate sobre contribuciones
Por Gonzalo Polanco, director del Centro de Estudios Tributarios, Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile.
Continúa la discusión sobre el pago de contribuciones de bienes raíces. En ese contexto, una de las propuestas que surgió fue la eliminación de este impuesto en forma definitiva; otros, en cambio, han indicado que la primera vivienda debería estar exenta. Una tercera iniciativa que se originó es expandir los beneficios que ya están vigentes, como el existente para los adultos mayores, o aumentar el monto exento del impuesto.
De acuerdo con cifras entregadas por la Tesorería General de la República, la recaudación por impuesto territorial alcanzó, durante el año 2024, los $ 2,6 billones, siendo la fuente de recaudación extrapresupuestaria más importante, muy por sobre la recaudación por permisos de circulación y patentes comerciales.
“Es importante reiterar la necesidad de vincular la política social, como la entrega de subsidios, a una condición, que incentive la formalización y la presentación de declaraciones de impuestos, como ocurre en otros países. Pero eso ya es otra discusión”.
De esta forma, no se visualiza la factibilidad de prescindir en el corto plazo de recursos tan importantes para el financiamiento municipal. Se ha indicado que basta con “reducir la grasa del Estado”, objetivo que, si bien es compartido por muchos, no es fácil de lograr. Tampoco quienes van exclusivamente por esta línea han mostrado un plan que indique de manera específica qué organismos serían intervenidos; de qué manera; cuándo y cuánto es lo que se puede conseguir con estos recortes de gastos.
Por esta razón, parece que seguiremos por mucho tiempo pagando este tributo. Surge, por tanto, la pregunta acerca de qué política pública diseñar en este escenario.
Uno de los principales problemas que presenta el impuesto territorial, es que su composición considera más la situación pasada del contribuyente que la presente. Como impuesto patrimonial, calcula la base imponible, tomando en consideración un stock, que es la acumulación de riqueza que obtuvo una persona en años y lo volcó en un bien raíz; pero el pago del impuesto se efectúa con ingresos periódicos actuales, que es una variable de flujo, lo que genera una discordancia entre la capacidad contributiva que tuvo el propietario y lo que actualmente tiene para sostener ese impuesto.
En este contexto, una persona pudo haber tenido una renta alta en el pasado y, en consecuencia, haber adquirido una buena vivienda. Sin embargo, por razones que suelen estar fuera de su control -como la jubilación o problemas de salud-, el pago de las contribuciones puede convertirse en una carga financiera difícil de sostener. Llegado a este punto, no parece razonable que, por razones fiscales, una persona se vea obligada a vender su vivienda -muchas veces en condiciones poco favorables-, para adquirir otra, cuyo impuesto territorial sí pueda pagar.
Por lo tanto, el pago del impuesto territorial debería relacionarse al ingreso actual que tiene la persona, estableciendo un límite porcentual que determine hasta qué punto un propietario debe soportar esta carga. Como una política de este tipo lleva un incentivo implícito para que las personas se sientan tentados a reducir los ingresos declarados, se debe fortalecer el brazo fiscalizador del SII, frente al aumento del riesgo de subdeclaración de ingresos.
Además, es importante reiterar la necesidad de vincular la política social, como la entrega de subsidios, a una condición, que incentive la formalización y la presentación de declaraciones de impuestos, como ocurre en otros países. Pero eso ya es otra discusión.