Click acá para ir directamente al contenido
Columnistas

El “follow” del SII a los influencers en 2025

CARLOS ARANÍS Socio Peralta Sandoval Llaneza & Gutiérrez

Por: Equipo DF

Publicado: Viernes 3 de octubre de 2025 a las 04:02 hrs.

El glamoroso metaverso de los influencers, donde zapatillas y viajes se disfrazaban de “regalos” o “colaboraciones”, chocó de frente con el prosaico mundo del Servicio de Impuestos Internos. La Operación Renta 2025 no fue un mero trámite, sino el portazo definitivo a la era de la informalidad digital. El Fisco adquirió su ticket en primera fila para auditar las finanzas de los creadores de contenido, gracias a la Ley N° 21.713 que incorporó el artículo 85 ter al Código Tributario. Este “superpoder” obliga a las instituciones financieras a reportar semestralmente cuentas con patrones sospechosos, como 50 abonos de distintos emisores en un mes. El primer informe, con datos del segundo semestre de 2024, aterrizó en enero de 2025: se acabó la fiesta gratis.

La ironía es que la obligación tributaria nunca fue novedosa.  Desde el Oficio N° 642 de 2021, el SII ha sido claro: todo canje –ya sea un reloj de lujo o el último smartphone– constituye renta afecta a impuesto. El régimen general es Segunda Categoría, con emisión de boleta de honorarios y la exención de IVA como único consuelo.

“La narrativa de éxito del SII parece más un reel bien editado que la historia completa. De un universo fiscalizado de 31.600 influencers, menos de un tercio presentó declaración”.

Las cifras oficiales se promocionan como un reel exitoso: un aumento del 52% en la recaudación, superando los $ 1.387 millones, y una duplicación de declarantes (de 4.679 a 9.752) en un año. La directora del SII, Carolina Saravia, celebra el “efecto ejemplificador” de estas figuras públicas, asegurando que “vamos por el camino correcto”.

Sin embargo, al examinar los datos con agudeza, la narrativa de éxito parece más un reel bien editado que la historia completa. De un universo fiscalizado de 31.600 influencers, apenas 9.752 –menos de un tercio– presentaron declaración. Por lo tanto, el tan publicitado “76,1% de cumplimiento” resulta ser un efecto de edición: aplica exclusivamente a un grupo selecto de 1.970 contribuyentes que el SII ya tenía fichados. Es como si el profesor felicitara a todo el curso por el 7,0 de los alumnos de primera fila, mientras el promedio del resto se mantiene en 4,5. Esta cifra, más que reflejar una adhesión voluntaria, parece responder al temor fundado de tener al Fisco como seguidor permanente. Y pone en una incómoda perspectiva el “cumplimiento tributario voluntario” que destaca la autoridad.

Para los rezagados, el panorama es oscuro: multas hasta 30% del impuesto adeudado más intereses retroactivos. La evasión, incluso por “desconocimiento”, distorsiona la competencia leal.

En definitiva, la fiscalización de los influencers trasciende la anécdota para convertirse en un debate de equidad tributaria. En un país donde la recaudación fiscal es crucial, no es aceptable que un sector económico entero opere en una nebulosa de informalidad. El SII ha demostrado que la digitalización no es solo para crear contenido, sino también para fiscalizarlo. La Operación Renta 2025 marca el fin de una era. El Fisco ya no solo sigue a los influencers en sus redes, ahora también les ha dado follow a sus cuentas bancarias. Y ese, estimados, es un seguidor que no se puede bloquear.

Te recomendamos