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Empleo en tiempos de crisis

El escenario económico internacional se ve cada vez menos auspicioso. Los países desarrollados presentarán seguramente...

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El escenario económico internacional se ve cada vez menos auspicioso. Los países desarrollados presentarán seguramente crecimientos pobres en 2012. El Banco Central, en su último Informe de Política Monetaria, recortó la proyección de crecimiento a un rango de 3,75% a 4,75%. El tema concreto es que Chile enfrenta un período complejo y debe saber asumir el desafío de sortearlo con los menores efectos posibles sobre nuestra economía. La apertura comercial, que ha tenido enormes beneficios para la competitividad de nuestra economía, tiene como contrapartida el exponernos a los efectos de las crisis externas de manera muy directa. Esta condición nos obliga como país a diseñar una estrategia eficaz para enfrentar la contingencia en forma oportuna. 


Uno de los temas más sensibles corresponde a la protección del empleo. La experiencia de crisis anteriores nos indica que los puestos de trabajo que se pierden en el sector manufacturero metalúrgico y metalmecánico tardan mucho tiempo en recuperarse, en el mejor de los casos. Se hace urgente, entonces, modernizar la legislación laboral vigente, de modo que empresarios y trabajadores puedan pactar, en tiempos de crisis, condiciones excepcionales que permitan enfrentar la emergencia sin que el despido constituya la única herramienta de ajuste disponible.

Los trabajadores del sector manufacturero son, en general, personas especializadas, en cuya formación y capacitación se han invertido tiempo y recursos públicos y privados significativos. Al perder su empleo en períodos de crisis, por lo general estos trabajadores migran hacia otros sectores de la economía, usualmente con menores exigencias formativas, siendo excepcionales los casos en que pueden ser recuperados una vez terminada la contingencia. La empresa pierde así un activo valioso que le resta capacidad para retomar el ritmo productivo tan pronto el mercado se recupera. En conclusión, todos pierden.

Resulta lógico, entonces, que, frente a una caída significativa de la demanda, esté regulada la forma en que se puedan pactar colectivamente ajustes transitorios a los contratos de trabajo del personal, pudiéndose adecuar, por ejemplo, remuneraciones y jornadas de trabajo. Mientras esté vigente el acuerdo, los trabajadores tendrían garantizada su estabilidad laboral.

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