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Empresa familiar e impuesto de herencia

Las empresas familiares son motor de las economías, generadoras de empleo y parte fundamental...

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Las empresas familiares son motor de las economías, generadoras de empleo y parte fundamental del tejido productivo. Alcanzan mejores desempeños que sus contrapartes no familiares, y son el mayor músculo emprendedor de un país, según estudios en Chile e internacionales.

Para una empresa familiar el tránsito generacional es la fase más compleja, pues la capacidad de emprendimiento es difícilmente transmisible; y más complejo aún, por el pago del impuesto de herencia que puede ascender hasta 25% del valor patrimonial. Las más afectadas son las medianas empresas porque tienen “todos los huevos en la misma canasta”. El impuesto de herencia no tiene impacto en el ingreso tributario país (menos de 0,4%), pero sí en la eventual desaparición de empresas, lo que genera pérdida de empleos y de valor. Si muere un empresario sin testar, le sobreviven dos hijos y su mujer y deja un patrimonio de $2.000.000.000 conformado casi exclusivamente por la empresa que era dueño 100%, los impuestos a pagar por los herederos bordearían $271.000.000. Si no cuentan con recursos lo harán con retiros de la empresa afectos al global complementario y la compañía deberá pedir un préstamo, debilitando financieramente la empresa y pagando altos tributos. Lo más recurrente es vender los activos para pagar y repartirse el remanente. Resultado: se perdieron puestos de trabajo, se aniquiló una empresa en marcha y se limitó la capacidad de re-emprendimiento que caracteriza a las familias emprendedoras.

Países más avanzados han reducido el impuesto a la herencia en lo concerniente a transmisión de la empresa dividiendo el patrimonio en dos; empresa, que se regirá por reglas especiales y los otros bienes, regidos por reglas generales de impuesto herencia. En Francia la transmisión de bienes asociados a una empresa, en una sucesión por muerte, tiene una exención tributaria del 75% del valor de impuesto sobre Donación o Herencia. En España hay una reducción mayor de la base imponible del impuesto herencia si se mantiene la propiedad al menos 10 años y el adquirente no reduce sustancialmente el valor de dichos bienes; medida apoyada por autoridades de diversos signos políticos.

La reforma tributaria en discusión no incluye la disminución o derogación de este impuesto a las empresas familiares, lo que es perjudicial para los intereses de Chile, especialmente de sus pymes. Confiamos que el país y sus líderes demostrarán una real preocupación por el empleo, el emprendimiento y la inversión, reconociendo el valor que generan las empresas familiares, por lo que la discusión de este impuesto, en lo que a la transmisión generacional se refiere, debe comenzar.

(*) Esta columna fue escrita junto a Gustavo Cuevas, presidente del Comité de Políticas Públicas Centro de Empresas Familiares Albert von Appen Universidad Adolfo Ibáñez

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