Natalia Valdebenito
JOSÉ MIGUEL ALDUNATE Director de estudios del Observatorio Judicial
Confieso que al principio me reía mucho con las rutinas de Natalia Valdebenito. Era mi favorita en El Club de la Comedia, y su presentación de Viña 2016 es de lo mejor que ha pasado por ese escenario. Pero después su humor se fue volviendo más agrio. Hoy, cada vez que la escucho, siento que me están sermoneando y ya estoy demasiado viejo para sermones. Es mi opinión, por supuesto. No conozco personalmente a Valdebenito, pero ella lo entendería: al fin y al cabo, también es muy dada a dar la suya.
Otra cosa es lo que acaba de ocurrir con sus dichos sobre la tragedia de la mina El Teniente, cuando afirmó ser “la única persona contenta de que pasara lo de los mineros”. La familia de uno de los fallecidos presentó un recurso de protección y la Corte de Apelaciones de La Serena acogió una orden de no innovar: mientras el recurso esté pendiente, la comediante debe abstenerse de incluir chistes o referencias a la tragedia en sus espectáculos públicos.
“El caso es interesante, pero también peligroso: incluso si el recurso se rechaza, el solo hecho de llevarlo a los tribunales ya inhibe la libertad de expresión”.
En esta pasada, estoy con Valdebenito. El caso es interesante, sin duda, pero también es peligroso: incluso si el recurso se rechaza, el solo hecho de llevarlo a los tribunales ya inhibe la libertad de expresión. No es la primera vez que la justicia aborda un caso de este tipo. Sin ir más lejos, en 2019 la Corte Suprema revocó las multas por una rutina blasfema de Yerko Puchento, señalando que, aunque inadecuadas, las expresiones eran humorísticas, sin intención religiosa, y no había un conflicto real de derechos que justificara ponderar libertad de expresión y libertad religiosa. La decisión de la Corte fue correcta, pero el fallo se apoyó en un entramado argumental innecesariamente enrevesado. Es una estrategia habitual de los abogados en casos complejos: rizar el rizo para mostrar sutileza jurídica. El problema es que esa sofisticación genera incertidumbre, porque argumentos tan finos podrían haberse inclinado en cualquier dirección.
Más fácil habría sido que la Corte Suprema hubiera dicho lo obvio, alumbrando de paso cómo fallar en casos futuros, como el que ahora enfrenta Valdebenito. Y lo obvio es que las restricciones a la libertad de expresión son excepcionales y deben estar expresamente fijadas por la ley. Así lo dispone la Constitución chilena, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que solo admiten límites en casos muy precisos, como las injurias, las calumnias o la incitación a la violencia. En ausencia de esas condiciones, incluso expresiones ofensivas o de mal gusto siguen estando protegidas.
La tarea del humorista es incomodar, sacar de quicio, decir lo que no corresponde. Ese derecho tiene límites, claro, pero son los que fija la ley escrita de antemano, no el ingenio de un tribunal ponderando derechos ni, menos, juzgando prudencialmente sobre la imprudencia propia del humorista. Que los dichos de Valdebenito fueron ofensivos y desubicados, nadie lo discute; metió las patas y bien metidas. Espero que el tribunal defienda su derecho a seguir metiéndolas.