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Semicolusión: difícil de detectar y con menores castigos

Leonardo J. Basso U. de Chile, Instituto Sistemas Complejos de Ingeniería

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La colusión, que se da en firmas que debiesen competir pero acuerdan en conjunto precios, división de consumidores o cantidades de producción, es condenada y castigada por las leyes que protegen la libre competencia en todo el globo.

La colusión es vista como una de las mayores agresiones a la libre competencia, al punto que en muchos países se le ha convertido en un acto criminal, lo que permite que los autores sean incluso sentenciados a penas de cárcel. Es el caso de Chile desde agosto de 2016.

Ahora, los carteles pueden adquirir muchas formas y estamos aún aprendiendo de qué manera las firmas pueden atentar contra la competencia. A medida que quienes investigan y persiguen a los conspiradores se tornan más sofisticados, las firmas que buscan coludirse también lo harán.

Por ello es importante resolver, ¿cuáles son las formas que los carteles del futuro tomarán?

En nuestra investigación, nos enfocamos en un tipo de cartelización: la semicolusión, que se da en aquellos casos en que las firmas cooperan o se coluden respecto de algunas de sus decisiones, pero no cooperan –o compiten– en otras.

Hubo en el pasado situaciones de este estilo, por ejemplo, firmas que colaboran en marketing o I+D, pero que compiten en precios; o firmas que se coluden en precios pero mantienen competencia respecto de calidad, diseño o la capacidad de sus plantas de producción.

Aun cuando la colusión en todas las variables de decisión será mucho más rentable para las firmas en el cartel, ellas puede elegir semicolusión por varias razones, como reducir el riesgo de detección por parte de las autoridades que pueden tener mejores instrumentos para monitorear algunas variables (como precios o cantidades) que otras (como calidad), o bien porque el castigo por semicolusión, si este no incluye precio, es menor.

Nuestra investigación muestra que la semicolusión daña a los consumidores y a la economía y, contestando una antigua pregunta de Joseph Stiglitz, que la competencia en una variable no “soluciona” el problema de colusión en otras.

Más aún, si la semicolusión ocurre en una variable diferente al precio, ella puede ser muy difícil de detectar pues si ocurre, por ejemplo, en la calidad del producto, el resultado visible en el mercado serán precios menores o iguales a los de la competencia, pero con calidades deficientes. Los acuerdos semicolusivos puede ser más estables, ya que las firmas conspiradoras tienen menos incentivos a retirarse unilateralmente del cartel.

Nuestros mensajes para fiscalizadores y las ramas del Estado encargados de defender la libre competencia son, por una parte, ver que las firmas compiten vigorosamente en una variable, no implica que no haya colusión; se requiere de monitoreo más sofisticado.

Por otra parte, algunas actividades de cooperación entre firmas, que a veces son incentivadas por los gobiernos por razones de política pública, pueden inducir o facilitar la aparición de carteles semicolusivos.

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