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Columnistas

Un triunfo amargo para la innovación chilena

MAXIMILIANO SANTA CRUZ Socio de Santa Cruz IP, exdirector de INAPI

Por: MAXIMILIANO SANTA CRUZ

Publicado: Jueves 11 de junio de 2026 a las 04:00 hrs.

Lo que debería ser una buena noticia para Chile termina siendo de dulce y agraz. Después de años de discusión, el país contará con una ley de transferencia tecnológica, algo necesario para transformar conocimiento en innovación, empresas y desarrollo. Es positivo, además, que se eliminen trabas para que las universidades puedan crear empresas de base científico-tecnológica y nuestros investigadores puedan destinar tiempo a ellas.

Pero, en materia de propiedad intelectual —precisamente el punto de partida de esta iniciativa— la ley queda al debe. Chile sigue sin superar las 400 solicitudes de patentes de origen nacional al año. Y, según datos de ANID, solo en universidades los investigadores identifican cerca de 400 invenciones con potencial de patentamiento anualmente, mientras las instituciones presentan apenas unas 120 solicitudes. Las restantes 280 quedan sin una vía clara para que esos investigadores puedan protegerlas y creen las empresas de base científico-tecnológica que el propio proyecto busca promover.

Preocupa, por tanto, que la ley incluso vaya más allá y adopte una lógica que, frente a la falta de protección institucional, empuja esos resultados al dominio público y cierra definitivamente la posibilidad de patentarlos. No tengo conocimiento de otro país que haga eso. Chile está optando por publicar invenciones en vez de activarlas y transferirlas.

“Una mejor solución habría sido establecer una verdadera cadena de apropiación, en la que si una universidad no protege una invención, lo puedan hacer los investigadores; y si ellos tampoco lo hacen, que pueda intervenir el Estado”.

Es entendible que se quiera evitar que resultados financiados con recursos públicos queden abandonados. Pero el efecto puede ser el contrario. En tecnologías tempranas, la posibilidad de contar con exclusividad suele ser indispensable para atraer inversión, validar la tecnología, escalarla y llevarla al mercado. En otras palabras, sin patentes muchas veces no hay transferencia: si nadie puede apropiarse de esos resultados, nadie estará dispuesto a invertir en convertirlos en productos, servicios o empresas. A pesar de lo que muestran el Índice Global de Innovación, los recientes Nobel de Economía y ciencias y la experiencia internacional, Chile parece seguir desconfiando de la apropiabilidad. Pero sin mecanismos que permitan proteger, invertir y escalar tecnologías, la innovación queda en el papel y no llega al mercado.

Una mejor solución habría sido establecer una verdadera cadena de apropiación, en la que si una universidad no protege una invención, lo puedan hacer los investigadores; y si ellos tampoco lo hacen, que pueda intervenir el Estado. Así se evita el abandono sin destruir la posibilidad de transferencia.

Hay una segunda debilidad difícil de entender. La ley regula únicamente proyectos financiados por ANID, dejando fuera buena parte del ecosistema público de innovación: CORFO, FIA, ministerios y otros instrumentos que también financian investigación y desarrollo. Esta discriminación inexplicable mantiene la fragmentación que una ley de transferencia tecnológica debiera corregir.

La aprobación de esta ley es un avance institucional, pero incompleto. Si Chile quiere transformar su conocimiento en crecimiento, productividad y nuevas empresas, el próximo paso debe ser corregir estas dos falencias: crear mecanismos efectivos de apropiación y establecer reglas comunes para todos los fondos públicos destinados a investigación e innovación. Solo así podremos aprovechar plenamente el conocimiento que ya financiamos entre todos.

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