Rechazo a la acusación contra el exministro Pardow: una buena señal
La rechazada acusación constitucional contra el exministro de Energía, Diego Pardow debe leerse como una señal positiva, pues su sola presentación representaba un episodio revelador de cómo en los últimos años se ha redefinido el alcance de este mecanismo de control. Lo que aquí estaba en discusión no era solo la corrección de un error específico en la fijación de tarifas eléctricas, sino el estándar bajo el cual se pretende hacer responder políticamente a una autoridad por eventos ocurridos en un sistema altamente técnico, complejo y atravesado por decisiones acumulativas.
Este dilema se vuelve especialmente crítico cuando se examina la actuación de autoridades políticas en áreas como energía, donde convergen modelos econométricos complejos, organismos técnicos especializados y marcos normativos construidos a lo largo de varios años. En ese contexto, el error no constituye una anomalía excepcional, sino una posibilidad siempre latente. Pretender que toda falla de gestión o desajuste metodológico configure una infracción constitucional directamente imputable al exministro de turno supone la instalación de un precedente institucionalmente riesgoso.
La acusación podría haber transmitido la señal de que los ministros deben desconfiar sistemáticamente de los órganos técnicos.
En efecto, la acusación podría haber transmitido la señal de que los ministros deben desconfiar sistemáticamente de los órganos técnicos o incluso interferir preventivamente en sus decisiones por consideraciones políticas para evitar costos públicos derivados de eventuales errores. Ello no solo distorsiona la relación entre conducción política y saber técnico, sino que debilita la lógica de un Estado que requiere espacios de decisión técnicamente fundados, especializados y razonablemente resguardados de la presión coyuntural propia del debate político.
Es cierto que el manejo de información sensible por parte de la autoridad exige un alto, plano donde el desempeño del exministro Pardow se apartó del ideal esperado, especialmente considerando la autodenuncia de una de las empresas involucradas que hacía aún más exigente el deber de transparencia. Que aquello merezca escrutinio no implica, por sí solo, que alcance la entidad necesaria para configurar una infracción constitucional en los términos estrictos que exige el ordenamiento.
La acusación constitucional fue concebida como una herramienta excepcional, orientada a sancionar conductas graves y personalmente imputables, no como un mecanismo destinado a corregir deficiencias propias de políticas públicas complejas. Sin embargo, su uso progresivamente expansivo frente a situaciones que generan indignación pública ha ido desdibujando la frontera entre la legítima fiscalización política y la sanción constitucional. Naturalizar que cada error, controversia o decisión impopular sea evaluada bajo una lógica punitiva no solo desplaza el debate desde la rendición de cuentas hacia el castigo institucional, sino que también erosiona el sentido original del mecanismo y fomenta una cultura dominada por la aversión al riesgo y la búsqueda permanente de resguardos defensivos.
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