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Editorial

SII y plataformas online: Señales contradictorias

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Publicado: Jueves 11 de junio de 2026 a las 04:00 hrs.

La resolución exenta N° 69 emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) el pasado 2 de junio, que habilita a plataformas extranjeras de apuestas en línea para inscribirse como contribuyentes y pagar IVA digital por sus operaciones en Chile, desató una serie reacciones que trascienden el debate puramente tributario.

Además de las declaraciones de la Asociación Chilena de Casinos y Juego (ACCJ), que calificó la medida como una regularización encubierta de una actividad que la Corte Suprema declaró ilegal, la Contraloría General de la República -a petición de un grupo de parlamentarios de oposición- solicitó al SII un informe sobre los fundamentos de la resolución. La comisión de Economía del Senado no solo escuchó los argumentos del director del SII -quien negó que la medida esconda una suerte de legalización- sino que además acordó citar al ministro de Hacienda y a la Superintendencia de Casinos de Juego a una próxima sesión, para sumar elementos al debate.

Aunque el revuelo es comprensible, el problema de fondo no radica en que el Estado procure cobrar impuestos a quienes operan en su territorio, sino que lo haga eventualmente creando condiciones de competencia que ningún mercado puede sostener.

Con la Resolución N° 69 los casinos online pagan solo el IVA, no están sujetos a un impuesto específico y no tienen obligaciones frente a la UAF.

En septiembre de 2025, la Corte Suprema declaró ilegales las plataformas de apuestas online sin autorización legal expresa en Chile y ordenó a la Subtel coordinar el bloqueo inmediato de estos sitios en todo el territorio nacional, incluidos los sitios espejo creados para evadir prohibiciones anteriores. La Subtel reconoció dificultades técnicas para ejecutar la orden, mientras que la Superintendencia de Casinos de Juego admitió que carece de facultades para fiscalizar plataformas digitales mientras no exista una ley que se las otorgue, y que solo puede denunciar al Ministerio Público. En ese contexto, el SII decidió abrir ahora un registro, otorgar RUT y establecer una relación tributaria formal con esos mismos operadores.

Los operadores autorizados de casinos físicos en Chile tributan con un impuesto específico del 20% sobre sus ingresos brutos, más IVA. Cumplen con los requerimientos de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), reportan operaciones sospechosas, están sujetos a la fiscalización continua de la Superintendencia, financian programas de juego responsable y operan bajo estándares de identificación de clientes que ninguna plataforma digital está hoy obligada a cumplir. Sus competidores online, con la Resolución N° 69, quedan en una posición radicalmente distinta: pagan únicamente el IVA, no están sujetos a un impuesto específico, no tienen obligaciones frente a la UAF, ni son responsables de estándares mínimos de protección al consumidor.

Por ello, la medida del SII se aleja de la equidad tributaria -el argumento que el servicio y Hacienda han invocado para defender la medida-, y se acerca más a una asimetría regulatoria institucionalizada.

Una salida razonable a esa asimetría es la ley que lleva cuatro años y medio esperando en el Congreso, que establece un régimen de licencias bajo la Superintendencia de Casinos para los operadores online, un impuesto específico del 20% sobre ingresos brutos y obligaciones de protección al consumidor equivalentes a las de la industria física, y que transformaría un mercado que, según cifras presentadas ante el Congreso, mueve US$ 3.100 millones en ingresos brutos anuales y alcanza a cerca de 5,4 millones de usuarios. Pocos días antes de que el SII publicara su resolución, el gobierno redujo la urgencia del proyecto. La señal que llegó al mercado fue la opuesta a la necesaria: que es posible operar pagando impuestos básicos, sin asumir ninguna de las obligaciones que hacen sostenible una industria regulada.

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