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Reforma tributaria en aguas tormentosas

Fernando Barros Tocornal Abogado, Consejero de SOFOFA

Por: Fernando Barros Tocornal | Publicado: Viernes 8 de julio de 2022 a las 04:00 hrs.
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Fernando Barros Tocornal

El gobierno de España postergó el plan de reforma tributaria por considerar que “no es el momento de abordar un cambio profundo del modelo tributario en plena guerra de Ucrania y la inflación en el 10%”.

En Chile se actúa como si no nos afectaran los mismos factores y nuestra economía, el dólar y la postergación de inversiones, fueran ajenas a la polarización política iniciada el 18-O y la incertidumbre constitucional.

“Pareciera que la oportunidad del proyecto tributario sigue consideraciones plebiscitarias, y que la norma extrema sobre el patrimonio, lejana a los mensajes que inspiran confianza en el líder del equipo económico, obedece a factores ideológicos y a la contingencia”.

La reforma tributaria incluye un incremento de la carga a empleados, emprendedores y ahorrantes. Para fundarla se recurre a compararnos con la OCDE, siendo que, a diferencia de esos países -donde la exención es la excepción-, en Chile el 75% está exento de impuesto a sus rentas, por lo que el aporte privado vía tributación lo hace una parte menor de contribuyentes cuya carga tributaria está en los niveles de OCDE.

Contrario a principios económicos tributarios, se contempla un alto impuesto patrimonial, de hasta 1,8% anual, que supone expropiar el capital que ya cumplió sus obligaciones tributarias, sea de renta o herencia. Así, cuando quien no gastó el fruto de su esfuerzo y lo invirtió en la generación de empresas y fuentes de trabajo, ve que el Estado grava su patrimonio, bajo el pretexto de afectar sólo una minoría con riqueza, deba decidir sobre los próximos 30 años, considerará seriamente el que, en adición al 43% de impuesto a las utilidades, le extraerán un 50% de su capital por residir en Chile.

Es difícil creer que las autoridades no anticipen las legítimas opciones que está considerando hoy ese contribuyente o familia empresaria en un mundo global, y desconozcan las experiencias nefastas de países que gravaron los patrimonios, o la evidencia en la OCDE.

Pareciera que la oportunidad del proyecto sigue consideraciones plebiscitarias y esa norma extrema, lejana a los mensajes profesionales e inspiradores de confianza del líder del equipo económico, obedece a factores ideológicos y a la contingencia.

El proyecto ataca la legítima organización de las personas según la normativa vigente por 40 años, imponiendo un inusual cobro anual del 1,8% a empresas con mayoría de ingresos de rentas de inversión, lo que compensaría el diferimiento del impuesto de los socios propio de los sistemas de impuesto corporativo. En realidad, el impuesto válidamente diferido por reinvertir las utilidades después de pagar el impuesto corporativo asciende a un 20% aprox., por lo que el 1,8% sobre lo postergado (20) representa un cobro anual real del 9% aprox.

En la breve discusión del proyecto ya surgió amplio rechazo a la idea de incumplir, con efecto retroactivo, el compromiso asumido por el Estado en el DFL 2, Contrato Ley ratificado hace poco para dos viviendas por contribuyente. Muy pronto se tomará conciencia de otras normas que afectan a pequeñas y medianas empresas, como la limitación a la imputación total de las pérdidas que logren generar utilidades o que se gravarán las rentas exentas con Global Complementario, al limitarse su rebaja en el cálculo de los impuestos personales.

El país requiere que el Gobierno deje que los contribuyentes sean escuchados en la tramitación legislativa, fuera del tiempo de la discusión constitucional, y se construya un pacto social con un sistema tributario justo, estable, que permita mayor recaudación y también promueva el emprendimiento, el ahorro y la inversión, principales motores del crecimiento y el progreso.

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