Cámara aprueba por unanimidad ley que establece derechos a favor de los pasajeros de vuelos comerciales
Proyecto incluye prestaciones y compensaciones en caso de sobreventa de pasajes y de atrasos y cancelaciones de vuelos.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Jueves 23 de enero de 2014 a las 18:00 hrs.
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"El proyecto es una gran noticia para los millones de pasajeros que vuelan cada año, los que se verán favorecidos con un nuevo marco legal que refuerza sus derechos en situaciones como sobreventa de pasajes y atrasos y cancelaciones de vuelos", señaló esta mañana el ministro de Economía, Fomento y Turismo, Félix De Vicente, valorando la aprobación unánime (con 67 votos a favor) que dieron los parlamentarios al proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico.
Dicho proyecto establece derechos en favor de los pasajeros de vuelos comerciales y, con esta aprobación, pasa ahora al Senado (a tercer trámite constitucional) para que pueda transformarse en ley definitiva, lo que se espera que ocurra la primera semana de marzo al regreso del receso parlamentario.
De Vicente subrayó también que "con esta ley Chile queda dentro de los países con mayores estándares en materia de protección de los derechos de los pasajeros, similares a los que tiene, por cierto, la Unión Europea".
Agregó a su vez que "el proyecto es parte de la agenda pro consumidor del Gobierno de proteger a los consumidores en distintos mercados, y se suma a otras iniciativas tan importantes que ha impulsado el Presidente Piñera como el Sernac Financiero."
Por último, enfatizó que "la industria área nacional ha crecido a tasas de dos dígitos en los últimos años, con tarifas cada día más competitivas que han permitido que más y más chilenos puedan volar, y eso es algo que debemos valorar y cuidar. Este proyecto además protege adecuadamente mayores derechos para los pasajeros, pero sin perjudicar la entrada de nuevos competidores o afectar negativamente el desarrollo futuro de la industria nacional."
Entre los principales derechos que contempla la modificación, se destacan:
1. Deber de informar a los pasajeros sobre sus derechos y condiciones comerciales de su pasaje.
2. Derechos para los pasajeros en caso de denegación de embarque por sobreventa de pasajes (overbooking), que incluyen el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje, más prestaciones asistenciales, incluidas acceso a teléfono, alimentación, alojamiento (en ciertos casos) y demás acomodaciones, y más una compensación económica, según la siguiente tabla:
a) 2 UF, para vuelos de menos de 500 kilómetros;
b) 3 UF, para vuelos de entre 500 kilómetros y 1.000 kilómetros.
c) 4 UF, para vuelos de entre 1.000 y 2.500 kilómetros;
d) 10 UF, para vuelos de entre 2.500 y 4.000 kilómetros;
e) 15 UF, para vuelos de entre 4.000 y 8.000 kilómetros, y
f) 20 UF, para vuelos de más de 8.000 kilómetros.
3. Derechos para los pasajeros en caso de retrasos o cancelaciones de vuelo, a todo evento, que incluyen prestaciones asistenciales y el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje, más el derecho a ser indemnizado si el retraso es superior a 4 horas.
4. Obligación de las líneas aéreas de devolver las tasas de embarque si es que el pasajero no viaja, a su sola solicitud.
5. Derecho para que el pasajero pueda demandar indistintamente a la línea área o la agencia que le vendió el pasaje.
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