Absolución de Daniel Yarur sentaría precedente en conflictos por apropiación indebida
El tribunal no se pronunció sobre el supuesto derecho del ex superintendente de quedarse con US$ 60 millones del patrimonio de Jorge Yarur.
Por: Por Jimena Catrón Silo
Publicado: Jueves 24 de abril de 2014 a las 05:00 hrs.
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Un precedente podría marcar lo que sucedió ayer en el Tercer Tribunal en lo Penal. Esto porque a pesar de que se acreditaron las transferencias bancarias hacia las cuentas del ex superintendente de Valores y Seguros, Daniel Yarur Elsaca, y que éste se quedó con US$ 60 millones por administrar la fortuna de Jorge Yarur Bascuñán, finalmente la instancia judicial resolvió absolver al imputado. Esto en el marco la demanda que presentó en su contra el accionista minoritario de BCI, por supuesta apropiación indebida.
La clave está en el tipo de contrato de mandato que firmaron ambas partes.
Esto porque dicho documento no sólo entregó amplias facultadas al ex regulador para decidir de qué forma invertir el capital, y la fórmula en la que se calcularían sus honorarios, sino que además deja desprotegido al mandante ante cualquier discrepancia respecto a las decisiones que se puedan tomar.
De hecho, asegura un abogado, en futuros casos de apropiación indebida, el administrador que cuente con este mandato podría, perfectamente, quedarse con todo el patrimonio de su cliente. “No pueden distinguirse las operaciones específicas, por lo tanto la persona esta facultada para realizar cualquier tipo de acto, y que ante cualquier discrepancia, el mandante no tiene nada que hacer”, señaló un especialista.
Cabe recordar que la investigación por apropiación indebida del patrimonio de Yarur Bascuñán administrado por su primo entre 1999 y 2010 estuvo a cargo del jefe de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Centro Norte, José Morales.
Respecto a la sala, ésta estuvo compuesta por las magistradas Carola Herrera Brümmer (presidenta); Patricia Cabrera Godoy (redactora) y Rossana Costa Barraza (integrante). El veredicto se dictó con el voto en contra de la magistrada Herrera.
El espíritu del contrato
Según comentó el fiscal Morales, “el mandato, por más amplio que sea, jamás debe ser utilizado en perjuicio del mandante. En este caso, aunque se acreditaron todas las transferencias, el tribunal no se pronunció sobre algún supuesto derecho de Yarur Elsaca a tener este dinero (los US$ 60 millones). Sólo se pronunció respecto a que el mandato amplio le daba derecho a realizar cualquier tipo de acto jurídico con el patrimonio de Jorge Yarur; aún cuando este acto significara sacar dinero sin justificación a Jorge Yarur”.
Según la defensa del ex superintendente, Francisco Pfeffer y Hugo Rivera, la disputa es civil y no debiera haberse llevado al ámbito penal, y aseguraron que su defendido incrementó en más de US$ 500 millones el patrimonio de Yarur Bascuñán.
Tras conocer el veredicto el abogado querellante, Juan Pablo Hermosilla, señaló que están evaluando presentar un recurso de nulidad.
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