Justicia declara inadmisible recurso de gremio de mujeres emprendedoras que acusaron restricciones arbitrarias y discriminadoras en cuarentenas
La Corte de Apelaciones de Santiago apuntó a "políticas públicas dictadas por la autoridad competente en contexto de la emergencia sanitaria que se vive a nivel nacional y mundial".
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Miércoles 14 de abril de 2021 a las 08:28 hrs.
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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago -presidida por Jorge Zepeda e integrada por Elsa Barrientos y el abogado integrante Cristián Lepín- declaró inadmisible el recurso de protección presentado por la Comunidad Mujeres Emprendedoras de Chile. El gremio había solicitado -en favor de 900 mil mujeres que se dedican al emprendimiento en el país- que se deje sin efecto la prohibición de realizar actividades de emprendimiento o establecerlo como esencial en las comunas en cuarentena o transición.
En un fallo dictado ayer, la corte sostuvo en su primer considerando que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales.
En su considerando dos, el tribunal dijo: "Que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, al tratarse de impugnar por esta vía una decisión que forma parte de las políticas públicas dictadas por la autoridad competente en contexto de la emergencia sanitaria que se vive a nivel nacional y mundial, razón que impide que sea admitido a tramitación".
El fallo fue acordado con el voto en contra del ministro Zepeda, quien fue de la opinión de declararlo inadmisible pues en su concepto, en la presentación no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales.
En su recurso, la agrupación dijo que entre las actividades que desarrollan las mujeres emprendedoras, se encuentran el rubro textil, alimentario, salud alternativa, abarrotes, lencería, librería, belleza, entre otras. "Quizás no todas son esenciales propiamente tal, pero son el sustento diario y a veces único ingreso para el hogar e hijos que ellas mismas mantienen", dijo.
Dado esto, la entidad afirmó: "Las restricciones, además de ser arbitrarias y discriminadoras, no permitirán la subsistencia en el mediano plazo de las emprendedoras".
Añadió que las restricciones del gobierno no incluyen a actividades que son desarrollados por grandes empresas, las que -destacó- han obtenido la calificación de esencial por reuniones, mesas de trabajo y lobby que las micro y pequeñas empresas no pueden realizar. "Lo que significará en un corto y mediano plazo mayor concentración de la actividad económica afectando a las pymes del país y significan un 98% de las empresas del país, pero menos del 15% del mercado", dijo la asociación.
Junto a esto, apuntó a lo que denominó una "posición ventajosa" de los rubros construcción y minería.
"La minería es el 'sueldo' de Chile, por lo tanto, no podría esta actividad detenerse ni aún en pandemia. Bajo esa lógica, ¿no es también el sueldo de, al menos 2 millones de chilenos, el emprendimiento? ¿Qué parámetro de salud supone que la minería es más esencial que la venta de artículos que no son alimentarios, pero sí necesarios para un hogar? Evidentemente también es discriminatorio", dijo la comunidad.
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