Justicia ordena a isapre a dar cobertura a medicamento para tratar enfermedad catastrófica
En fallo unánime, La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó proporcionar el medicamento y reembolsar al recurrente el gasto en que incurrió al adquirirlo por su cuenta.
- T+
- T-
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó a la isapre Consalud a entregar medicamento de alto costo que requiere hija de afiliado que padece cáncer, a través de la Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas (CAEC).
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada estableció que el actuar de la recurrida vulnera la garantía constitucional de derecho a salud, por lo que le ordenó proporcionar el medicamento y reembolsar al recurrente el gasto en que incurrió al adquirirlo por su cuenta.
La resolución explica que: "(...) partiendo de la base que no se discute por las partes del recurso que el medicamento cumple con los requisitos para ser cubierto por la Isapre Consalud S.A., (...) por tal razón la Isapre está obligada entregar la cobertura con costo y gasto cero para el recurrente".
Añade que "atendido los derechos naturales básicos que se encuentran vulnerados y deben ser resguardados si se considera que se debe reconocer que el cotizante, al enfrentar costos y gastos de gran magnitud económica, producidos por la catástrofe de salud que enfrenta, inequívocamente le producirán una ruina que le es imposible soportar, con grave riesgo para la vida de su hija al no poder ésta acceder oportunamente al medicamento prescrito".
"(...) en consecuencia, las razones anotadas demuestran que el actuar de la Isapre recurrida ha infringido, en primer término, el Nº 1, del artículo 19 de la Constitución Política de la República", concluye.
Revisa el fallo completo AQUÍ.