Segundo Tribunal Ambiental anuló parcialmente aprobación ambiental del proyecto inmobiliario en Egaña- Comunidad Sustentable en Ñuñoa
El Servicio de Evaluación Ambiental deberá completar evaluación de aspectos asociados a la luminosidad (efecto sombra) y refractación. Inmobiliaria podrá seguir avanzando en la iniciativa a su riesgo.
Por: Andrés Pozo
Publicado: Viernes 26 de noviembre de 2021 a las 10:30 hrs.
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Por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, acogió parcialmente la reclamación presentada por vecinos y agrupaciones vecinales de Ñuñoa en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), por el proyecto inmobiliario Egaña-Comunidad Sustentable, ubicado en Irarrázaval con Américo Vespucio y que impulsa Fundamenta.
Concretamente, se pide que la autoridad ambiental vuelva a evaluar el efecto sombra de la construcción y la refractación, "debiendo el SEA completar la evaluación en este aspecto, disponiendo la realización de los estudios -en particular de aquel referido a las sombras- a fin de recabar los antecedentes necesarios para hacerse cargo debidamente de la observación referida a los efectos que la luminosidad (sombra) y refractación pueden generar en la calidad de vida de las personas".
Con esto, se echará para atrás la evaluación, para "luego dictar los actos administrativos complementarios que aborden adecuadamente los aspectos reprochados". Dado esto, la sentencia puntualiza que "con el remanente aún válido de la RCA N° 222/2019, el titular puede ejecutar el proyecto a su riesgo, sin perjuicio de lo que definan los actos jurídicos que vengan a complementarla".
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Fabrizio Queirolo. La sentencia fue redactada por el ministro Ruiz.
La respuesta de la compañía
Por su parte y tras tomar conocimiento respecto de la decisión del Tribunal Ambiental, Inmobiliaria Fundamenta aseguró través de un comunicado que, según indica las sentencia, "el proyecto cumple con todos los estándares ambientales y evaluados en su tramitación".
Y precisaron que "de todas las reclamaciones y observaciones ciudadanas realizadas, el Tribunal Ambiental solicitó complementar la evaluación de un aspecto, concretamente la luminosidad y la ventilación".
Cabe destacar que desde la compañía desarrollaron de manera voluntaria una instancia de participación ciudadana, a partir del cual recibieron una serie de observaciones por parte de los vecinos del sector, los que habrían sido debidamente contestados.
Sin embargo, posterior a ese proceso, agrupaciones y residentes de Ñuñoa interpusieron un recuso de reclamación al Tribunal Ambiental argumentando que los reparos indicados no habrían sido contestados por la empresa. Pero el la instancia jurídica acogió solo una de las peticiones.
Desde la firma señalaron que se encuentran "analizando las observaciones sobre este punto en particular para complementar, a la brevedad, los estudios necesarios y la respectiva RCA". Y sostuvieron que continuarán "con el desarrollo de las obras en base a los permisos aprobados y al cronograma establecido, tal como ha indicado la sentencia del tribunal ambiental".
El proyecto, que considera cuatro torres (tres residenciales y una para oficinas), había logrado su permiso ambiental el 3 de mayo de 2019. Vecinos reclamaron vía administrativa, pero después que no les acogieran sus cuestionamientos, fueron hasta esta sede judicial.
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