Permiso ambiental para construir desaladora de agua para usos industriales en Atacama recibe respaldo en la Corte Suprema
Fallo unánime de la Tercera Sala rechazaron un recurso que buscaba invalidar la RCA de la iniciativa que implica inversiones por US$ 490 millones.
Por: Andrés Pozo
Publicado: Martes 3 de agosto de 2021 a las 11:02 hrs.
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Un importante respaldo a la validez de su permiso ambiental, recibió este lunes el proyecto Energías y Aguas del Pacífico (Enapac), el que permite construir una desaladora de agua de mar multicliente para usos industriales en Atacama y que implica inversiones por unos US$ 490 millones.
En un comunicado, Trends Industrial, una firma de consultoría con base en Chile, explicó que la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó una reclamación que pretendía dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental de la iniciativa, la que había sido otorgada en octubre de 2018.
Vecinos de Puerto Viejo habían ido a la justicia en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por otorgar el permiso a Enapac, por cuestionamientos a la participación ciudadana y el uso de suelo del lugar donde se ubicará el proyecto.
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El tema había sido analizado en primera instancia por el Primer Tribunal Ambiental, el que en fallo dividido estuvo por no acoger la reclamación. “No es posible sostener que los reclamantes hayan sido excluidos del proceso de participación ciudadana por el solo hecho de no haberse realizado un taller presencial en la localidad”, había explicado uno de los ministros del tribunal tras haber analizado el caso, agregando que “lo esencial del procedimiento de participación ciudadana es que la información relativa al proyecto que se pretende desarrollar sea conocida por la comunidad que habita en el área de influencia, lo que se logra no solo con la realización de talleres presenciales convocados por el Servicio de Evaluación Ambiental, sino que también a través de otros medios como la mesa de trabajo”.
Según el comunicado de la empresa, el actual fallo de la Corte Suprema, “viene a reafirmar la legalidad de la RCA y del desarrollo del proyecto Enapac, corroborando lo dicho ya por el Primer Tribunal Ambiental, en el sentido que se “ha dado total cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que regulan lo relativo al procedimiento de participación ciudadana” y que tampoco existe fundamento ni para refutar la compatibilidad territorial ni sostener ilegalidad alguna, por parte del proyecto”.
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Rodrigo Silva, presidente de Trends Industrial, dijo que “estamos satisfechos con el fallo (...) en el sentido no sólo que el Servicio de Evaluación Ambiental ha actuado con apego a la legalidad al aprobar el desarrollo del proyecto Enapac y a su deber de garantizar los derechos de todos los interesados en el procedimiento de evaluación ambiental, sino además nos reafirma la convicción que como titular hemos llevado adelante este proyecto de la manera correcta y pensando en un desarrollo sustentable para la región de Atacama y todos sus habitantes”.
Según información del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto consiste en la generación de agua para uso industrial, la cual será almacenada en un reservorio de aproximadamente 592.000 m3 de capacidad gracias a dos piscinas. El recurso será comercializado a usuarios locales. Las instalaciones incluyen una Planta Desaladora de osmosis inversa, un acueducto de 68 km, además de una planta fotovoltaica de 100 MW.
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