SVS pide a Hites entregar más antecedentes por demandas del Sernac
La firma tiene hasta este martes para entregar la información al regulador, relacionada a un juicio previo en que se habrían validado los contratos cuestionados.
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Una serie de antecedentes deberá entregar la minorista chilena Hites a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), en relación a las dos demandas que presentó en su contra el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac): una por cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión para su producto financiero "Tarjeta Hites" y superar la tasa máxima convencional, y la otra por la venta de seguros de garantía extendida sin el consentimiento expreso de los consumidores.
El regulador ofició a la firma para que entregue más antecedentes y aclare sus comentarios contenidos en su resultados trimestrales, donde dice desconocer los antecedentes del caso –asegurando no haber sido notificada- y señala que la acción debe ser desestimada, pues “en un juicio anterior entre las mismas partes, los tribunales ya se pronunciaron sobre el contrato en cuestión, validándose en consecuencia las cláusulas contractuales objetadas”.
Al respecto, la Superintendencia pide a Hites “señalar a qué juicio anterior corresponde su estimación que, respecto de la mencionada demanda colectiva en contra de su filial, dicha acción judicial debiera ser desestimada”.
Agrega que se debe “indicar todas y cada una de las cláusulas contractuales objetadas en esta oportunidad por el Sernac, de las cuales ya existe pronunciamiento previo de los tribunales entre las partes”. Así también, pide “señalar los argumentos por los cuales la sociedad concluye que los tribunales ya se pronunciaron sobre el contrato en cuestión”, y entregar cualquier otro antecedente relevante.
Para contestar este requerimiento, la firma tiene hasta este martes 5 de diciembre.
En relación al impacto financiero que podría implicar la acción del Sernac, el regulador pide precisar: “i) alcance de éstas, ii) el estado actual en que se encuentran, iii) período de tiempo que abarcarían los eventuales incumplimientos, iv) eventuales efectos financieros que pudiesen implicar y v) cualquier antecedente complementario que la sociedad estime pertinente para un entendimiento suficiente de dicha información”.
Según ha explicado el Sernac, la demanda surge tras no fructificar la mediación colectiva que había iniciado con la empresa, toda vez que “la propuesta del proveedor no cumplió con los estándares mínimos exigidos por el Servicio en el marco de la Ley del Consumidor.