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Suprema confirmó multa a concesionario de aeropuerto de Santiago

De esta forma, ratificó la sentencia del TDLC en contra de SCL, por conductas de abuso de posición dominante y discriminación injustificada respecto de las empresas courier que operan en el aeropuerto.

Por: | Publicado: Jueves 29 de enero de 2009 a las 13:47 hrs.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó, por unanimidad, la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que multó, en octubre de 2008, a la empresa SCL, concesionaria del Aeropuerto de Santiago, por conductas de abuso de posición dominante y discriminación injustificada respecto de las empresas courier que operan en el aeropuerto.

Estas conductas consistieron, en primer término, en establecer una tarifa por las subconcesiones de las instalaciones utilizadas por los courier en base a los kilogramos de carga transportada por cada empresa, mecanismo de cálculo que no estaba autorizado por las Bases de Licitación y Decreto de Concesión que rigen a SCL.

Se estimó que los ingresos excesivos obtenidos por SCL, bajo este concepto, alcanzaron a aproximadamente $552 millones, entre noviembre de 2004 y noviembre de 2006.

Como segunda conducta contraria a la libre competencia, el Tribunal constató discriminaciones en el trato dado por SCL a algunas empresas courier de menor tamaño, a las que cobra precios distintos injustificadamente, y en el trato distinto dado a Correos de Chile respecto a otras empresas de courier, pues no le aplica a la empresa estatal la tarifa variable en base a kg. de carga transportada.

También consideró el TDLC que SCL vulneró la libre competencia, abusando de su posición dominante, al restringir la ampliación de la infraestructura requerida por las empresas courier, aún cuando existen terrenos aptos disponibles en el Aeropuerto, pues retardó injustificadamente el proceso de negociación para llevar a cabo dicha ampliación, dilatando los estudios necesarios y exigiendo requisitos y condiciones injustificadas para la construcción de nuevas instalaciones.

Si bien el TDLC acogió parcialmente las defensas de prescripción y falta de legitimación pasiva de, en cuanto a calificar como contrarios a la libre competencia las Bases de Licitación, Decreto de Concesión y Convenios Complementarios que regulan la concesión del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, se condenó a la empresa SCL con una multa de 1800 U.T.A. (aproximadamente $ 800 millones de pesos) por las conductas descritas precedentemente y, además, se declaró que deberá dicha empresa deberá entregar en arrendamiento un terreno, a solicitud de las empresas courier, para que éstas, conjunta o separadamente, construyan las instalaciones que requieran, entre otras medidas.

Para establecer el monto de la multa, el Tribunal tuvo en consideración, además de los ingresos injustificados ya señalados, el conjunto de las pérdidas económicas provocadas por las conductas discriminatorias descritas, el retraso en la habilitación de la infraestructura requerida por las empresas courier, la reincidencia de SCL en infracciones a la libre competencia y el particular cuidado que debió tener dicha empresa, como operador monopólico de la infraestructura del Aeropuerto, en no abusar de dicha posición.

Se tomó en cuenta, en beneficio de la empresa sancionada, que el inspector fiscal del Ministerio de Obras Públicas, quien debió supervigilar el cumplimiento de las Bases de Licitación, no objetó en su oportunidad estas prácticas, aún cuando conocía de su existencia.

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