Super de Bancos publica normas para tarjetas de prepago
El regulador realizó ajustes a la normativa luego de recibir las aprensiones de parte de los interesados.
Por: Daniel Vizcarra G.
Publicado: Miércoles 29 de noviembre de 2017 a las 04:00 hrs.
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Se completó el proceso que se inició con la promulgación de la Ley de Medios de Pago en octubre del año pasado. Ayer, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) publicó las normas sobre la emisión y operación de tarjetas de pago, lo que permitirá que empresas no bancarias, bajo ciertos requisitos, entren en el negocio de prepago.
Esto, luego de que el Banco Central introdujera cambios a la normativa que regula la emisión y operación de los plásticos y que el regulador la haya puesto en consulta para recibir comentarios del mercado.
Según informó la propia SBIF, fueron 39 los actores de la industria que enviaron sus reparos o dudas en torno a la norma al organismo encabezado por Eric Parrado.
Entre los comentarios, se pidió aclarar los alcances operacionales y organizacionales que deben cumplir los interesados en ingresar al negocio de las tarjetas de pago con provisión de fondos.
El regulador señaló que parte de esas inquietudes fueron solucionadas “haciendo énfasis en la necesidad de contar con funciones que cumplan con los fines requeridos, más que contar con personal de dedicación exclusiva”. Por otro lado, indicaron desde la entidad, que en su rol fiscalizador evalúa cada caso en “concordancia con el volumen y complejidad de sus operaciones”.
Por su parte, los actuales emisores y operadores de plásticos pidieron precisar el alcance de las actividades complementarias que éstos pueden desarrollar, así como aclarar cuáles son las sociedades de apoyo al giro bancario (SAG) que le pueden prestar servicios a los no bancarios. Desde la SBIF indicaron que para realizar labores que no son del giro único de estas sociedades se debe solicitar su autorización, además especificó que se hicieron los ajustes necesarios para concordar la normativa actual, respecto a los servicios que pueden prestar las SAG vinculadas a medios de pago.
Otra preocupación de la industria fue la obligatoriedad por parte de los emisores de mantener claves para validar las transacciones. En este sentido, el regulador señaló que se modificaron las normas con tal de aclarar que no es un requisito, sin perjuicio de que se puedan utilizar.
Además, la SBIF aumentó los plazos para que los actuales emisores y operadores cumplan con las exigencias de información a 2019. Esto, como respuesta a una petición de parte de los interesados.
Cabe destacar que las Cajas de Compensación, que podrán ingresar al negocio, deben esperar a que la Superintendencia de Seguridad Social emita la respectiva norma.
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