Pensiones

Los dos proyectos de ley que buscan rescatar los ahorros previsionales anticipadamente

Ambas iniciativas están ingresadas tanto en el Senado y en la Cámara de Diputados.

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Viernes 20 de diciembre de 2019 a las 15:40 hrs.
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Hace tres meses, dos afiliadas a AFP Habitat y Cuprum, solicitaron a las administradoras el retiro de la totalidad de sus fondos acumulados para su jubilación. Ambas AFP negaron los requerimientos, que finalmente llegaron al Tribunal Constitucional (TC), organismo que ayer resolvió que las afiliadas no tendrán esta opción. 

Sin embargo, actualmente en el Congreso existen dos proyectos de ley que buscan que las personas puedan retirar parte de sus ahorros previsionales para destinarlos a otro fin. 

El más antiguo se encuentra en el Senado y fue ingresado el 9 de agosto de 2016. Esta iniciativa plantea modificar el artículo 19 N° 18 de la Carta Fundamental y busca permitir a los cotizantes del sistema de capitalización individual de pensiones, acceder al retiro de sus fondos para otros fines.

El proyecto fue promovido por la exsenadora Lily Pérez y los senadores Pedro Araya (IND), Carlos Bianchi (IND) y Rabindranath Quinteros (PS).

Específicamente, se propone que cada cotizante tenga el dominio de sus ahorros previsionales y que ello le permita enfrentar urgencias (enfermedad grave) o mejores alternativas de ingreso como adquisición de una vivienda, un emprendimiento o estudios superiores de sus hijos).

Por esta razón, el proyecto plantea incorpor tres incisos nuevos al artículo de la Constitución antes mencionado. El primero es que los sistemas de seguridad social existentes, deberán contemplar una pensión digna de jubilación, para aquellas personas que por razones de edad o salud, no puedan seguir siendo parte de la fuerza laboral. Segundo, que en estos fondos concurrirán aportes del cotizante, empleador y el Estado en su caso. 

En tercer lugar, agrega que "para la pensión de jubilación, podrán existir sistemas solidarios o de capitalización individual, conforme a la ley de quórum calificado respectiva. Los cotizantes tendrán el dominio de sus ahorros, con las limitaciones que establezca la ley, la que en todo caso deberá contemplar la posibilidad del retiro anticipado de los ahorros, para los efectos de adquirir una vivienda, un emprendimiento o el estudio de los hijos o enfermedad grave, dejando un mínimo garantizado".

No obstante, luego de la decisión del Tribunal, el senador Quinteros  no ve que llegue a puerto esta iniciativa legislativa. "Con el portazo de ayer, creo que estamos medios parados y además va a coincidir con el proyecto para reformar la Constitución", manifestó. 

"De todas formas, creo que habrá un cambio brutal en pensiones y eso positivo. No es que se vayan a terminar las AFP de aquí a mañana, eso es falso, pero sí habrá un cambio de paradigma absoluto", acotó. 

Proyecto de la Cámara Baja
La otra iniciativa fue ingresada a principios de octubre por el diputado Eduardo Durán (RN) junto a otros parlamentarios.

La idea es ingresar una indicación a la actual reforma previsional "a fin de que las personas que acrediten encontrarse con una enfermedad terminal al momento de jubilar puedan retirar la totalidad o parte de los fondos acumulados en su respectiva cuenta individual de capitalización. Para lo cual se requiera de contar con un saldo en la cuenta y haber sido diagnosticado de una enfermedad terminal".

El diputado Durán sostiene que el objetivo es que "existiera por única vez así como una ley especial, la posibilidad del retiro de fondos hasta un cierto porcentaje, de un 10% 0 15%de los fondos, para que las personas lo puedan ocupar de libre disponibilidad, pero que esto no exceda más de esta única vez y que no se vuelva a repetir".

Es decir, que la persona tendría que una sola posibilidad de rescatar entre un 10% y 15% de los fondos previsionales como porcentajes máximos.

Sin embargo, el parlamentario aclara que los ahorros previsionales "son para el uso de una futura pensión y si nos pasa como en Perú que se dio libertad de retirar hasta el 95,5% del saldo acumulado, la gente lo gastó para bien o mal y se quedó sin fondos para una futura jubilación y eso sería el peor de los mundos para Chile". 

En ese sentido, señala que el fallo del TC "no es alejado de lo que la propia Constitución dice.  Lamentablemente para estas dos señoras, la Constitución no permite lo que ellas estaban solicitando. Los fondos ahorrados son para una futura pensión y las iniciativas en seguridad social son de exclusiva materia del Ejecutivo". 

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