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Servel ratifica requisitos para refichaje de partidos y su impacto en primarias

Se explicitó que los candidatos independientes que compitan el 2 de julio deben ser nominados por un partido o un pacto.

Por: | Publicado: Jueves 9 de marzo de 2017 a las 04:00 hrs.
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En su sesión de ayer el Consejo Directivo del Servel ratificó “en todos sus términos” el pronunciamiento efectuado hace una semana y mediante el cual recordó las normas del refichaje que deben cumplir los partidos políticos al 14 de abril próximo. Un tema no menor, pues generó una serie de críticas respecto de la interpretación que hacía el organismo de las exigencias, argumentándose que dificultaba la inscripción de las respectivas candidaturas presidenciales.

De hecho, en uno de los puntos del comunicado, difundido la tarde de ayer, se reitera que un candidato puede ser declarado como tal por un partido que no esté constituido en todas las regiones, pero debe acreditar una cantidad de afiliados en las regiones en que está legalmente constituido no inferior al 0,5% de los votantes de la última elección de diputados, es decir 33.493 electores.

Además, se consigna que “el candidato de un partido político debe estar afiliado a éste con a lo menos dos meses de anticipación al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas y no haber sido afiliado de otro partido político dentro de los nueve meses anteriores a dicho plazo”.

Respecto a las normas para la declaración de las candidaturas que se presenten a las primarias del 2 de julio y que tienen como plazo hasta el 3 de mayo, el Consejo detalla que los abanderados “independientes, podrán participar en las elecciones primarias ya sea nominados por un partido político o como integrantes de un pacto electoral”.

Asimismo, se establece que “si se trata de un pacto electoral que declara candidatos independientes, al menos uno de los partidos que conforman el pacto deberá cumplir con las exigencias del artículo 14 de la ley 18.700”, en lo que respecta a estar constituidos a nivel país o acreditar el 0,5% de los votantes en donde sí lo estén.

Por ello, “los candidatos independientes nominados para participar en las elecciones primarias por los partidos políticos o que integren pactos electorales, no requerirán de los patrocinios de electores señalados en el artículo 13 de la ley N°18.700”.

También “no podrá haber estado afiliado a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas de la elección definitiva, que es el 21 de agosto del 2017”.

Actualización de datos de afiliados

Junto a su comunicado, el Servel también anexó la actualización de las cifras en materia de militantes afiliados y ratificados, dando cuenta el complejo panorama que presentan partidos como el PPD que a la fecha acreditaba solo 5.870 militantes, o el PR que contabalizaba 4.659 afiliados, lo que generaría dificultades a sus respectivos abanderados, el expresidente Ricardo Lagos y el senador Alejandro Guillier, respectivamente.

En lo que respecta a los partidos de oposición se observa que mientras RN ha logrado afiliar a 9.203 militantes, la UDI ya lleva 7.001 militantes.

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