Banca / Instituciones Financieras

Especialistas ven flancos de inconstitucionalidad en aspectos de recomendación del TDLC para Transbank

Advierten que el Ejecutivo tendrá que equilibrar esta propuesta con su agenda sobre desarrollo de medios de pago móviles e inclusión financiera.

Por: C. Araya y D. Schiaffino | Publicado: Lunes 13 de febrero de 2017 a las 04:00 hrs.
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La recomendación normativa que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) hizo hace unas semanas para regular en forma integral a la industria de medios de pago con tarjetas continúa siendo discutida en la industria.

Separar las actividades de emisión, adquirencia y procesamiento, con el objetivo de fomentar la competencia en la función de adquirencia, que hoy desarrolla Transbank casi en exclusiva, abre varios flancos de análisis.

Uno es la eficiencia. Nicolás Lewin, socio del estudio Noguera, Larraín & Dulanto, explica que al analizar estos mercados, es esencial observar las economías de escala que produce la operación de la red.

“No se puede perder de vista los dos lados (emisión y adquirencia) porque esas eficiencias pueden desaparecer si se determina que un lado de la plataforma debe quedar libre. Esa es la gran duda que existe en este tema”, sostiene.

En concreto plantea si con el diseño propuesto por el TDLC los “merchant discount”, que es lo que cobra Transbank por el uso de las tarjetas van a ser menores.

La tasa de intercambio es otro tema que surge. “Eso se encontraba implícito en el sistema. Y ahora habría que ver el funcionamiento con una adquirencia abierta y evaluar cuánto es lo que financia cada uno de los adquirentes con el emisor en esos periodos de pago”, plantea.

El abogado Fernando Araya, quien es consejero de la firma en materias de libre competencia, advierte que la fijación de tasas, que es una de las principales propuestas de la recomendación normativa del TDLC, “podría tener un reproche de constitucionalidad”.

Añade, sin embargo, que a nivel comparado existen varias jurisdicciones donde la tasa de intercambio es una tarifa regulada o una autorregulación.

Desafíos sectoriales

Lewin asegura que este no es un tema puramente de competencia, ya que atañe a otros organismos reguladores de carácter sectorial, como la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y el Banco Central. “Muchas veces el hacer complementarios los intereses del regulador sectorial con los organismos de libre competencia puede ser complejo”, dice.

Lo anterior, añade, “porque son dos miradas distintas del mismo tema, pero que están basadas en la seguridad del funcionamiento del sistema. Por lo que distintas cosas pueden ser tomadas como barreras de entradas de corte regulatorio, que tienen que ver con capitales mínimos para funcionar. Por otro lado, esto puede darle seguridad al sistema”.

No es vinculante

De todas formas nada está escrito. Araya consigna que “esto es una recomendación que emite el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que no es vinculante”.

Agrega que la modificación a la Ley de Libre Competencia (DL 211) obliga, en este caso al ministro de Hacienda, a pronunciarse respecto de la recomendación normativa, respuesta que, agrega, debe hacerse pública.

“La Ley exige incluso una publicación en el website de ministerio, del tribunal y de la fiscalía. Esto en base a las modificaciones a la ley que entraron en vigencia el año pasado”, señala Araya y sostiene que resta por ver de qué forma el gobierno equilibrará esta recomendación con su agenda sobre desarrollo de medios de pago móviles e inclusión financiera.

“A poco más de un año para que este gobierno concluya su período, es difícil hacerse expectativas de iniciativas mayores en estas materias”, puntualiza el consejero. 

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