Cartas

Impuesto a los súper ricos: el fondo y la forma

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Señora Directora:

El diagnóstico en la experiencia internacional del uso de este instrumento ha sido deficiente, razón por la que países que tenían este tributo lo han eliminado o modificado. ¿Puede estar tan errada la comunidad internacional? Muy probablemente no. Respecto a la recaudación, el promedio no supera el 1% del total recaudado por impuestos. Y en proporción al PIB de los países OCDE que lo han aplicado, no superan el 0,4% del PIB y en casos aislados llegan a 0,8 o 1% del PIB.

En cuanto a la forma, la técnica legislativa es precaria, sin ni siquiera establecer los parámetros mínimos de un impuesto y sacando de la galería el concepto de patrimonio bruto que no da certezas de nada.

Además, el resquicio utilizado es preocupante. En temas de impuestos, donde debe primar el principio de legalidad y donde la exclusividad de iniciativa corresponde al presidente de la República, un bypass legislativo como el pretendido es de la mayor gravedad. No sólo desde el punto de vista del resguardo al Estado de Derecho, sino que desde las señales que damos como sociedad.

Joaquín Erlbaun

Socio Erlbaun Abogados, Director Defensoría PYME/CELET

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