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Columnistas

Apuestas ilegales: la Corte Suprema toma el control

CARLOS ARANÍS Socio Peralta Sandoval Llaneza & Gutiérrez

Por: Equipo DF

Publicado: Martes 23 de diciembre de 2025 a las 04:02 hrs.

El ordenamiento jurídico chileno contempla el juego de azar como una actividad esencialmente proscrita. El Código Civil es claro: las deudas contraídas en juegos de azar adolecen de objeto ilícito. La ley solo tolera su explotación en casos excepcionales, mediante autorización legal expresa, para ciertas entidades como Lotería de Concepción, Polla Chilena de Beneficencia y Teletrak. Sin embargo, la marea de la digitalización ha inundado nuestro mercado con plataformas de apuestas online sin control ni licencias nacionales, afectando gravemente el derecho de propiedad sobre la concesión exclusiva de las entidades autorizadas.

Esta es una amenaza global a la integridad económica. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) ha identificado a las apuestas ilegales como un importante motor de la corrupción y un canal significativo para el lavado de dinero. La transnacionalidad y el anonimato que ofrece internet y las criptodivisas complican la persecución, y por ello recomienda a los Estados garantizar legislaciones nacionales que penalicen las apuestas ilegales e insta a los proveedores de servicios de internet a bloquear los sitios web ilegales.

“La justicia está haciendo el trabajo del legislador. La SCJ ha reconocido carecer de facultades para fiscalizar y la Subtel actuó por extensión del criterio judicial”.

Ante la inacción de los poderes llamados a prevenir este desorden, ha sido la Corte Suprema la que se ha visto obligada a asumir el rol de regulador de emergencia. El máximo tribunal en sentencias de protección (en particular el Rol N° 18.080-2025), ha establecido un principio funcional: si la Ley General de Telecomunicaciones (Art. 24 H) prohíbe bloquear arbitrariamente el contenido legal, de ello se desprende el deber y la facultad de bloquear el contenido que carece de dicha calificación.

La materialización de este principio llegó con el “cúmplase” dictado por la Corte Suprema el 19 de noviembre de 2025, ordenando a las principales empresas de telecomunicaciones (Claro, Entel, GTD, Telefónica, WOM y VTR) a bloquear de forma inmediata y efectiva los sitios de apuestas sin autorización legal en Chile.

La ironía es notable: la justicia está haciendo el trabajo del legislador. La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ)ha reconocido carecer de facultades para fiscalizar estos juegos online, limitándose a enviar denuncias al Ministerio Público, y la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) actuó por extensión del criterio judicial. Peor aún, sabemos que el bloqueo técnico es una herramienta puntual fácilmente eludible por las plataformas, las que resurgieron con ligeros cambios del nombre de dominio.

Mientras tanto, en el Congreso, el proyecto de ley que busca la regulación y fiscalización de estas plataformas sigue esperando una resolución. La falta de orgánica legal y administrativa es crónica. Es de una gravedad institucional inaceptable que el control del tráfico de dinero ilícito y la prevención del juego problemático dependan hoy de la vía cautelar y casuística del recurso de protección. La persistencia del Congreso en mantener estancado el proyecto de ley no es más que la abdicación de su responsabilidad de establecer la orgánica legal y administrativa permanente. Irónicamente, la Corte Suprema ha debido vestirse de legislador, solo para que su cúmplase sea derrotado por un sencillo cambio tipográfico en el URL.

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