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DF Tax | Sostenibilidad empresarial en materia tributaria

Felipe Yáñez, socio de Impuestos de Mazars Chile.

Por: Felipe Yáñez | Publicado: Jueves 14 de octubre de 2021 a las 04:00 hrs.
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Felipe Yáñez

Mucho se habla de políticas y desarrollo sostenible de las empresas y países, vinculándolo con todas las aristas de sus operaciones, incluyendo también los aspectos tributarios. Pero ¿a qué se refiere la sostenibilidad en materia de impuestos?

Es importante definir qué entendemos por "sostenibilidad", ya que ésta puede entenderse de dos maneras: tanto por la forma en que una empresa contribuye al logro de los objetivos de desarrollo sostenibles fijados por el gobierno del país donde ella actúa, como por la implementación por parte de la propia empresa de un modelo particular de desarrollo sostenible, que genere un relacionamiento inclusivo de ésta con los distintos grupos de interés (stakeholders) que giran en torno a su actividad.

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En el primer caso, los objetivos de desarrollo sostenibles reflejan parámetros internacionales tales como los 17 objetivos de desarrollo sustentable (SDGs, por su sigla en inglés) definidos por la ONU.

Dada su creciente actualidad, me referiré al rol individual de la empresa. Este concepto nace como consecuencia del cambio fundamental en el entendimiento del rol de la empresa, que no se concibe más como una organización que busca exclusivamente maximizar sus resultados para beneficio de sus propietarios, sino como una entidad con objetivos más amplios, que incluyen entre otros el beneficio de los grupos de interés con los cuales se relaciona en su actividad: accionistas, financistas, trabajadores, clientes, proveedores, comunidades locales, e incluso el propio gobierno en el caso de proyectos de larga duración o de importancia estratégica.

En cualquier caso, el contenido de la política en materia impositiva estará dado por una adhesión a los principios de cumplimiento tributario que inspiran BEPS (v.gr. el rechazo al traslado artificial de beneficios y a la erosión de las bases imponibles en las jurisdicciones donde la empresa actúa, etc.) y por las iniciativas de cumplimiento tributario cooperativo entre gobierno y contribuyentes.

Luego, y desde un punto de vista regulatorio, cuando se habla de sostenibilidad se piensa fundamentalmente en nuevas obligaciones de transparencia que fuerzan a las empresas y a sus asesores a informar los principales elementos y características de sus políticas tributarias, para que de esta manera los distintos grupos de interés puedan evaluar si dicha política tributaria se encuentra alineada con sus propios valores e intereses. Este escenario es ya una realidad en la Unión Europea, donde rigen obligaciones de revelación de estrategias y políticas tributarias tales como las llamadas GRI 207. Y, en nuestra región, cabe mencionar el caso de México, donde existe la obligación de revelar a la administración los esquemas que puedan generar un beneficio fiscal, por parte de los asesores fiscales y los contribuyentes.

Finalmente ¿afecta esto a las empresas que actúan en nuestro país? Por ahora veremos un impacto parcial, en el caso de empresas locales que formen parte de grandes conglomerados.

También veremos un impacto en el caso de empresas locales que -en su calidad de proveedores- deban informar a sus clientes en el extranjero sobre sus políticas de sostenibilidad. Lo mismo puede aplicar para empresas locales que busquen financiamiento desde el exterior.

En cualquier caso, hay que entender que la sostenibilidad -en sus múltiples variantes- será desde ahora uno de los aspectos claves a la hora de evaluar la actuación de una empresa.

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