¿Puede Chile liderar en IA sin modernizar su ley de propiedad intelectual?
MAXIMILIANO SANTA CRUZ S. Socio Santa Cruz IP, exdirector de INAPI
En las últimas semanas, el desenlace de un caso clave para el desarrollo de la inteligencia artificial (IA ) atrajo la atención mundial. Anthropic, uno de los principales desarrolladores de grandes modelos de lenguaje (LLMs), fue demandada por un grupo de autores por usar contenido obtenido de forma irregular para entrenar su plataforma “Claude”. La empresa había reunido una amplia biblioteca digital sin autorización de los autores, que incluía tanto obras legítimas como copias pirateadas de libros.
El juez del caso resolvió que entrenar un LLM con libros legales constituye un uso justo porque es “extraordinariamente transformador”. Ese uso estaría amparado en una excepción a los derechos de autor en la legislación estadounidense (fair use) que permite copiar y publicar libremente para fines de crítica, comentarios, reportajes, docencia o investigación. Sin embargo, el juez aclaró que descargar copias pirateadas no está amparado por esa excepción. Es decir, la innovación es válida, siempre y cuando no se construya sobre bases piratas. Este último punto del fallo se cerró en esto con un acuerdo entre los autores y Anthropic, en el que este último pagará US$ 1.500 millones a los autores demandantes.
“Entrenar un modelo de inteligencia artificial no es un acto puramente técnico. Implica reproducir cantidades masivas de obras y, en muchos casos, comunicarlas al público. Estos son derechos exclusivos bajo la Ley de Propiedad Intelectual chilena”.
¿Por qué debería importarle a Chile? Porque nuestro país vive un verdadero auge de proyectos de IA. Las iniciativas se multiplican, muchas de ellas con fuerte respaldo de instituciones públicas. El relato es de innovación y soberanía. Sin embargo, bajo el entusiasmo, hay poca conciencia de la realidad jurídica pues entrenar un modelo de IA no es un acto puramente técnico. Implica reproducir cantidades masivas de obras y, en muchos casos, comunicarlas al público. Estos son derechos exclusivos bajo la Ley de Propiedad Intelectual chilena.
Y aquí está el problema: a diferencia de la Unión Europea, Japón o incluso Estados Unidos con su flexible doctrina del fair use, Chile no tiene una excepción que permita la minería de textos y datos (TDM). Eso significa que, salvo que los desarrolladores se limiten estrictamente a materiales de dominio público o con licencias abiertas, entrenar un modelo constituye técnicamente una infracción. Para startups, universidades o incluso proyectos estatales, esto es una bomba de tiempo: la ley que se supone impulsa la innovación en realidad los expone a riesgos legales.
Para empeorar las cosas, el proyecto de Ley de Inteligencia Artificial que se discute hoy en el Congreso eliminó por completo la excepción de TDM que originalmente contemplaba. En versiones anteriores, el texto incluía una excepción limitada que permitía la minería de textos y datos, aunque con la posibilidad de que los titulares de obras “reserven” sus derechos mediante un mecanismo de opt-out. Esa versión ya era insuficiente; su eliminación total es un retroceso aún mayor. Chile queda así en clara desventaja frente a países que reconocen expresamente el TDM —como Alemania o Japón—, y sin una vía legal que habilite la creación de datasets indispensables para el desarrollo de modelos locales.
Los tratados internacionales de los que Chile es parte ya establecen salvaguardas claras en favor de los autores mediante la llamada regla de los tres pasos, la que señala que cualquier excepción debe (i) aplicarse solo a ciertos casos especiales, (ii) no entrar en conflicto con la explotación normal de la obra y (iii) no perjudicar injustificadamente los intereses legítimos del autor. Una excepción de TDM bien diseñada que cumpla con estos criterios no solo es posible bajo el derecho internacional sino que es urgente.
Chile debe crear una excepción robusta de TDM. Otros países lo han hecho, equilibrando innovación y protección de los derechos de autor. Una excepción así permitiría el uso legítimo de obras para análisis y entrenamiento, sin socavar los mercados de los creadores. Sin ella, Chile quedará jurídicamente discapacitado en la carrera global de la IA.
Esta deficiencia es una de las principales razones—aunque no la única—por las cuales Chile necesita con urgencia una nueva ley de propiedad intelectual para el siglo XXI. Nuestro marco legal, aún pensado para la era analógica, corre el riesgo de asfixiar la innovación o empujarla a la informalidad. Si Chile realmente quiere liderar en inteligencia artificial, no puede darse el lujo de postergar un derecho de autor moderno, equilibrado y capaz de conciliar la protección de los creadores con las necesidades de la innovación.
Instagram
Facebook
LinkedIn
YouTube
TikTok