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Servicio civil y Constitución: ¿es posible un nuevo modelo?

Enrique Rajevic M. Abogado

Por: Enrique Rajevic M. | Publicado: Miércoles 19 de enero de 2022 a las 04:00 hrs.
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Enrique Rajevic M.

En 2017 la OCDE reportaba que, en 17 de sus países integrantes, la rotación de personal derivada de los cambios de gobierno en los altos niveles de gestión del Estado era nula o casi nula. Chile, en cambio, estaba en el trío de menor estabilidad, junto con España y Turquía, llevándose la corona de tan lamentable podio.

Alguien podría sorprenderse con este resultado, dado que desde 2003 contamos con un Sistema de Alta Dirección Pública que procura reclutar y seleccionar altos directivos por mérito.

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Pero no es raro, si comparamos la situación de los altos directivos de primer nivel jerárquico dos años después de la instalación de los tres últimos gobiernos. Y es que sumadas peticiones de renuncia y no renovaciones, tenemos que cerca de siete de cada 10 fueron reemplazados/as.

Algo parecido ocurre en el segundo nivel jerárquico, pero aminorado. Con ello, la permanencia promedio de estos directivos apenas se empina a tres años (de nueve posibles). ¿Puede una organización funcionar eficazmente con esta rotación?

Agrava lo anterior la situación del empleo público general, marcada por el ascenso imparable de fórmulas con reclutamiento directo y desvinculación fuertemente discrecional, por mucho que la jurisprudencia cada vez sea más aguda en su control.

Lo expuesto contrasta fuertemente con la noción de un servicio civil imparcial y profesional, diferenciado del Gobierno (aunque dirigido por este), como ocurre en muchos Estados. Y si no hemos logrado consolidarlo en Chile ha sido, en parte, por la omisión histórica de normas constitucionales que establezcan eficazmente un sistema de este tipo -o por el fracaso de las que lo pretendieron, incluso en la Carta vigente-, con lo que terminamos por confundir Gobierno y Administración Pública.

Trazar esta distinción junto con las bases para garantizar un servicio civil profesional e imparcial en Chile es el propósito de la iniciativa popular de norma constitucional N° 16.898, disponible para ser apoyada en la plataforma que la Convención Constitucional dispuso para estos efectos, y preparada por un grupo de personas que hemos estado reflexionando sobre estos temas.

Se busca separar gobierno y administración bajo el "principio de la eficacia indiferente": quienes trabajan en la Administración Pública deben hacerlo con la misma calidad y lealtad independientemente de quien gobierne, lo que exige que el acceso a estos empleos y su desarrollo laboral no dependa de la política, como a la inversa ocurre con quienes son parte del Gobierno y, por lo mismo, están sujetos al régimen de la exclusiva confianza.

Con esta separación resguardaremos la integridad y continuidad en la ejecución de las políticas públicas, junto con condiciones de trabajo dignas para desempeñar la función pública, todo lo cual es necesario, al fin y al cabo, para el desarrollo de nuestro país.

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