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DF Lab Opinión / Neuroderechos: ¿Se debe legislar sobre lo que pensamos?

"La desventaja que presenta es que la ley tiene que ser muy precisa en relación a qué se puede hacer y qué no, porque si es muy restrictiva puede dejar a Chile afuera de la investigación, desarrollo y comercialización en este campo, que es una actividad muy innovadora":

Por: Rodrigo Ramele, ingeniero de Innovación en Baufest | Publicado: Lunes 1 de agosto de 2022 a las 10:09 hrs.
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Hace algunos años el uso de la tecnología se limitaba sólo a la posibilidad de navegar por Internet y no era ni siquiera posible pensar en inventos que hubiesen permitido avances como una videollamada, algo muy común hoy en día. Aún más extraño hubiera sido pensar en tecnologías o herramientas que accedieran a nuestro cerebro.

 Sin embargo, hoy la realidad es muy diferente, tan diferente que a fines del año pasado Chile se convirtió en un país pionero al aprobar una reforma constitucional que incluía los neuroderechos, es decir, aquellos derechos diseñados para resguardar la integridad mental.

 A través de la neurotecnología es posible acceder a la información que produce el cerebro de las personas, estableciendo un nuevo canal de comunicación. Este tipo de tecnologías son muy útiles a la hora de desarrollar sistemas de asistencia para personas con discapacidad, algo que cobra vital relevancia al pensar que en la actualidad uno de cada tres hogares en América Latina y el Caribe está habitado por personas con algún tipo de discapacidad, o siendo más específicos, que 85 millones de personas podrían tener dificultades para acceder a los productos y servicios digitales.

 Entre las principales ventajas de legislar sobre esta temática se destaca el hecho de que clarifica de una manera precisa que los datos obtenidos por dispositivos de lectura de bioseñales, están accediendo a información de carácter médico, por lo que tiene que tener todas las garantías y protecciones de la información confidencial y sensible, como la requerida por los estándares que la regula como HIPAA.  Por su parte, la desventaja que presenta es que la ley tiene que ser muy precisa en relación a qué se puede hacer y qué no, porque si es muy restrictiva puede dejar a Chile afuera de la investigación, desarrollo y comercialización en este campo, que es una actividad muy innovadora.  Es como si en los ´90 una ley hubiese prohibido el uso de internet porque eso presentaba un peligro en relación a los datos personales de las personas. Eso hubiese dejado al país en una terrible situación respecto a la alfabetización digital.

 Pero más allá de los pro y contras que representa la legislación de los neuroderechos, en términos prácticos implica dos puntos importantes: el primero es que las personas tendrían total potestad de sus propios datos de bioseñales, incluyendo la potestad de exigir que sean eliminados y que se respete el uso para el que fueron provistos; y el segundo punto tiene que ver con que las personas tendrían un resguardo constitucional de que estas tecnologías no pueden ser utilizadas para contrariar sus propias decisiones consentidas.

 Si bien a partir de septiembre esta propuesta podría quedar sin efecto debido a que no quedó incluida en el borrador de la nueva Constitución, la neurotecnología sigue avanzando a pasos agigantados y Chile no debería dejar pasar esta oportunidad para debatir y legislar sobre cómo la tecnología nos afectará en el futuro.

 

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