Embajada de España entra en disputa con el SII por negativa a eximirla del IVA inmobiliario
Polémica se originó en una permuta de recintos. Impuestos Internos ha recibido consultas similares de las sedes de EEUU, Canadá y Bélgica.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Miércoles 21 de junio de 2017 a las 04:00 hrs.
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Una polémica que involucra el pago del Impuesto al Valor Agregado (SII) en la compra y venta de bienes raíces tiene enfrentados a la embajada de España en Chile con el Servicio de Impuestos Internos (SII).
La sede diplomática europea solicitó al organismo reconsiderar un oficio emitido el 4 de octubre del año pasado, en el que rechazó eximirla del pago del IVA en la adquisición de inmuebles. Esto, a la luz de que la representación ibérica en el país planea permutar (intercambiar) dos propiedades que sirven como locales de la embajada en nuestro país por tres pisos de un edificio en Santiago, que pasaría a ser la sede de la misión.
En una nota verbal enviada al director del SII, Fernando Barraza, la nación hispana argumentó que el artículo 23 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas permitiría otorgar dicha exención sobre la base del principio de reciprocidad entre los estados miembros.
"España y el resto de los estados miembros de la Unión Europea sí reconocerían a Chile la exoneración de IVA en la adquisición de locales para las misiones diplomáticas y consulares de Chile en la Unión Europea, conforme se recoge en la convención", señala el texto enviado al SII.
En el documento, la embajada recuerda que se encuentra analizando eximir o reducir el pago del IVA por el arriendo de oficinas que ocupa el Consulado General de Chile en Barcelona.
"España no exige a las misiones extranjeras que adquieren locales para la misión el pago del IVA, sujeto a reciprocidad, y que esta exoneración se reconoce con carácter general en la ley española, exoneración que se realizaría en todos los países de la Unión Europea", concluyó la nota.
Factor reforma tributaria
El 12 de mayo, el servicio respondió a la embajada y le cerró la puerta a la opción de eximirla del pago del gravamen.
En su argumentación, el SII afirmó que en el sistema impositivo chileno "no existe" una norma que permita liberar de impuestos a un Estado extranjero sobre la base de un trato recíproco, como "al parecer" ocurre en España. "Luego, a falta de norma legal que lo autorice, no es posible otorgar exenciones o liberaciones de impuestos por vía meramente administrativa, por cuanto ello implicaría vulnerar el principio de legalidad o de reserva legal que impera en materia tributaria, incluso para establecer exenciones tributarias o modificar las existentes", prosiguió la respuesta del SII, firmada por el mismo Barraza.
La entidad señaló que este criterio es histórico y que ha sido ratificado en una serie de oficios que datan de 1994 y 2001. "El oficio de 2016 no hace otra cosa que reiterar un criterio histórico e invariable frente a peticiones de naturaleza similar, en el sentido de que la convención no autoriza ni obliga a devolver o eximir al Estado o jefe de misión del IVA que se devengue en la compra de un inmueble en que el sujeto del impuesto es el vendedor del inmueble y no el Estado acreditante o el jefe de la misión", fundamentó el fiscalizador tributario.
El SII enfatizó en su respuesta que el artículo 23 de la Convención de Viena no sólo abarca materias tributarias, sino también tópicos de derecho internacional en cuya definición se debería "ponderar el contexto actual y la opinión de otros organismos del Estado".
Asimismo, reveló que en el marco de la reforma tributaria, ha recibido "una serie de preguntas" de otras embajadas, como Bélgica, Estados Unidos y Canadá, respecto a la ampliación del ámbito del hecho gravado del IVA a la adquisición de inmuebles.
DF contactó oficialmente a la embajada española sin recibir respuesta al cierre de esta edición.
Firma convenio con Aduanas
El Servicio Nacional de Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos (SII) suscribieron ayer un convenio que busca fortalecer el intercambio de información tributaria con la finalidad de fiscalizar las operaciones de comercio exterior que realizan las empresas en el país.
El objetivo del acuerdo es contribuir a una gestión más eficiente, permitiendo una mayor verificación de los datos en la tramitación en línea de los embarques de mercancías que se realizan en las fronteras terrestres, aéreas y marítimas.
Esto le otorgará facultad al SII de entregar información de contribuyentes al director nacional de Aduanas cuando éste lo requiera para cumplir con el trabajo fiscalizador encomendado, la que será utilizada dentro de los marcos de sus competencias.
El subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, destacó la materia acordada y explicó que contribuye a uno de los objetivos principales de la reforma tributaria, como es combatir la elusión y la evasión fiscal. "Debemos asegurarnos que todos los contribuyentes paguen los impuestos que corresponden y estas iniciativas apuntan a fortalecer las herramientas de nuestra administración tributaria con ese fin", afirmó el subsecretario.
En la cita, además del representante de Hacienda, participaron el director del SII, Fernando Barraza, y el director nacional (s) de Aduanas, Claudio Sepúlveda.
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