Baja incumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable del comercio por Fiestas Patrias
El monto de las multas alcanzó los $ 6.116.783, representando una caída del 64,5% en relación a los $ 17.248.705 cursados en los mismos feriados del año pasado.
Por: Karen Peña
Publicado: Miércoles 20 de septiembre de 2017 a las 13:04 hrs.
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Casi $ 11 millones menos en multas respecto del año pasado aplicó durante estas Fiestas Patrias la Dirección del Trabajo (DT) luego que la institución se dedicara a fiscalizar desde las 21 horas del día 17 de septiembre el cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable a favor de los trabajadores del comercio.
Durante el período, la DT detectó 23 infracciones en 36 fiscalizaciones, 17 de las cuales culminaron con aplicación de multas y 45 trabajadores afectados en sus derechos que debieron terminar de inmediato sus turnos. Mientras, el año pasado, el Servicio había fiscalizado 49 denuncias, 26 de las cuales acabaron con multas y 87 trabajadores que debieron poner término a sus labores.
Así, el monto de las multas alcanzó los $ 6.116.783, equivalentes a 131 UTM, lo que representa una caída del 64,5% en relación a los $ 17.248.705 cursados en los mismos feriados del año pasado.
Al desmenuzar las cifras, se identificó que de las 23 infracciones detectadas, ocho se vincularon al no respeto del doble feriado. Otras 14 fueron cursadas por no llevar correctamente el registro de asistencia y la determinación de las horas de trabajo. Y una última infracción tuvo que ver con un aspecto lateral de la normativa fiscalizada, ya que se aplicó por no otorgar descanso dominical y/o festivo.
El director del Trabajo, Christian Melis, se mostró satisfecho con las cifras, señalando que esto "significa que el llamado que hicimos en los días previos a las Fiestas Patrias fue ampliamente escuchado por los empleadores, adoptando una conducta respetuosa que, en general y pese a algunas fluctuaciones, se ha mantenido a lo largo de los últimos años".
También fue positiva la fiscalización de la nueva norma que permite descansar cada dos años -siempre que sigan laborando para el mismo empleador- a los trabajadores exceptuados de estos feriados. Estos son los de restoranes, casinos, cines y otros lugares culinarios y de esparcimiento, además de locales de aeródromos y aeropuertos, farmacias de turno y tiendas de bencineras que vendan alimentos preparados allí mismo. En este caso, no hubo infracciones detectadas.
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