La ministra del Trabajo, María José Zaldívar, dio un adelanto de las medidas que presentará el dictamen de la Dirección del Trabajo esta tarde en el contexto de qué deben hacer los trabajadores con sospecha de coronavirus.
En punto de prensa sobre la coordinación de los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud, Sernac y Cancillería, la ministra se refirió a qué deben hacer tanto empleados como empleadores.
Aquellas personas con sospecha de contagio y que se les haya prescrito el seguimiento de catorce días contarán con una licencia médica tramitada por la Seremi de Salud que permite la continuidad de los ingresos.
¿Y quienes vienen llegando de algún viaje? En el aeropuerto existe una lista de países con riesgo de contagio y susceptibles a monitoreo, quienes vengan de ahí se les otorgarán los respectivos permisos para ausentarse de sus trabajos.
El dictamen también hará hincapié en separar a quienes hayan tenido contagio por causas personales, de aquellos que lo hayan sufrido por causas laborales. Es decir, si bien tendrán las mismas prestaciones de salud, se diferenciarán entre quién lo va a financiar; en el caso laboral lo harán las mutuales.
¿En qué casos aplicará el seguimiento y cómo?
De acuerdo a una circular difundida por el Ministerio de Salud, las personas que tengan antecedentes de viaje reciente a países con brotes activos (China, Japón, Singapur, República de Corea, Irán e Italia) de Covid -19 deberán permanecer en cuarentena por 14 días desde su salida de los países con brotes.
En el caso de que alguna persona presente fiebre u otros síntomas de infección respiratoria y que tenga antecedente de viaje a países con brotes activos, se deberá informar inmediatamente a la autoridad sanitaria regional, quienes evaluarán el caso para determinar si corresponde o no a un caso sospechoso.
En caso de que la autoridad sanitaria determine que no corresponde a un caso sospechoso, la persona podrá retomar sus actividades habituales.
Si la autoridad sanitaria determina que sí corresponde a un caso sospechoso, el director de la institución otorgará las faciliades y colaborará con las acciones de prevención y control impartidas por la autoridad, que incluye identificación, seguimientoy monitoreo de contactos, medidas de control ambiental, entre otros.
Hace unos días la ministra Zaldívar señaló que la cobertura de la enfermedad dependerá de si la persona se contagió por realizar un viaje de trabajo o de placer.
Si fue producto de un viaje laboral, se entiende que la enfermedad es laboral y por tanto la mutual correspondiente debe cubrir, aplicando la ley de accidentes laborales. Si el contagio fue por un viaje de vacaciones, por ejemplo, actúan las aseguradoras (Isapre o Fonasa).