Dirección del Trabajo hizo un llamado de atención a Construmart por monto de un bono compensatorio de sala cuna
El servicio cuestionó el aporte monetario que entregaba la firma por este derecho, pero no tomó en consideración el incremento que realizó la empresa a este bono en 2021.
Por: Carolina León
Publicado: Martes 28 de junio de 2022 a las 13:45 hrs.
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Un reciente llamado de atención, al parecer injustificado, recibió la firma Construmart por parte de la Dirección del Trabajo (DT), respecto al cumplimiento del derecho a sala cuna.
El sindicato nacional de la compañía recurrió a la DT para saber si el monto que estaba entregando la firma por concepto de bono compensatorio de sala cuna era "adecuado".
Actualmente, la legislación laboral establece que los empleadores tienen tres modalidades para garantizar dicho derecho: la primera de ellas es creando y manteniendo una sala cuna anexa e independiente de los lugares de trabajo; la segunda es habilitando servicios comunes de sala cuna con otros establecimientos de empresas que se encuentran en la misma área geográfica; o pagando directamente los gastos de sala cuna al establecimiento al que la trabajadora lleve a sus hijos menores de dos años, el que debe ser elegido de entre aquellos que se encuentren debidamente autorizados por la autoridad respectiva.
Sin embargo, si bien la Dirección del Trabajo ha planteado que no es posible dar por satisfecho el cumplimiento de esta obligación mediante la entrega de una suma de dinero a la madre trabajadora -ya que se trata de un derecho irrenunciable que no puede ser ni desistido ni reemplazado-, ha señalado que esta fórmula en algunos casos sí puede ser aplicable.
El caso
Cuando los trabajadores realizaron la consulta al servicio, Construmart entregaba un bono de $ 120 mil a aquellas madres que se encontraban imposibilitadas de trasladar a sus hijos a la sala cuna designada por la empresa.
Bono que, desde el punto de vista de los trabajadores, era insuficiente. “Desde antes de la situación sanitaria actual el monto pagado por la empresa ha sido insuficiente para cubrir los gastos por este concepto, debiendo las trabajadoras solventar con sus propios medios el faltante, resultante este un monto inapropiado y que no corresponde a los valores reales de este servicio", criticaban los trabajadores en la consulta enviada a la DT.
Sin embargo, luego de que los trabajadores ingresaran dicha consulta, el 15 de septiembre de 2021, la empresa realizó un incremento de 33% a dicho bono, subiéndolo a $160.000 pesos.
Como la consulta de los trabajadores se encontraba en marcha en la DT al momento de realizar el alza, la firma envió los antecedentes al servicio con la finalidad de que estuviera al tanto respecto al incremento realizado al momento de entregar una respuesta a los trabajdores. Sin embargo, los antecedentes entregados por la firma no fueron considerados por parte de la DT.
Desde la perspectiva de la DT, y con los antecedentes analizados, el bono de $ 120 mil entregado por la firma “no representa una suma de dinero equivalente o compensatoria” de los gastos que irroga la atención de menores.
Esta situación, agrega la resolución del servicio, derivaría en que la empresa “no estaría dando cumplimiento por equivalencia a la obligación de otorgar sala cuna”. Sin embargo, este llamado de atención se realizó considerando unicamente los $120.000 y no los $160.000.
Respecto a la resolución, al interior de la firma se encuentran analizando los pasos a seguir luego de este pronunciamiento, el cual que consideran desactualizado.
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