Laboral & Personas

TC declara inadmisible recurso de Turbus en contra de sentencia que le ordenó restituir cargos claves eliminados

El escrito se ingresó luego de que el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo fallara contra la empresa, y señalara que la firma había vulnerado los derechos fundamentales de los trabajadores.

Por: Carolina León | Publicado: Viernes 3 de diciembre de 2021 a las 13:35 hrs.
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El Tribunal Constitucional (TC) le entregó malas noticias a la firma de transporte Turbus. Y es que la entidad declaró inadmisible un recurso de inaplicabilidad que presentó la empresa en contra de la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

En septiembre, la justicia de primera instancia le dio la razón al Sindicato Nacional de Trabajadores de Turbus en una pelea judicial contra la firma, y falló contra la empresa luego de que ésta decidiera eliminar el cargo de asistente de tripulación de los buses, dejando al conductor como el único encargado de resolver todos los asuntos prácticos, administrativos y de atención de pasajeros.

El tribunal laboral, en dicha oportunidad, también cuestionó la decisión de la empresa de eliminar el sistema de "posta" de los conductores en los viajes extensos. Este consiste en que tras una determinada cantidad de horas de trayecto, se recoge en una ciudad en la ruta a un tercer conductor descansado para que asuma la conducción, en un sistema que internamente los trabajadores denominan "posta".

La eliminación de este mecanismo implicaría que tanto el segundo como el tercer conductor recorran todo el trayecto en el bus, lo que afectaría su efectivo descanso.

El tribunal laboral le dio la razón a los trabajadores, y señaló que la empresa había vulnerado los derechos fundamentales de los trabajadores, y ordenó a Turbus a restituir el cargo de asistente. Respecto al sistema de posta, la justicia señaló que la eliminación se mantendrá vigente. Sin embargo, la sentencia agregó que una vez concluida la alerta sanitaria decretada por la autoridad, la medida debía ser dejada sin efecto en trayectos superiores a 16 horas.

Los argumentos del TC

Tras esta resolución, la empresa escaló a la Corte de Apelaciones y al Tribunal Constitucional.

En el escrito, Turbus señaló que la resolución de la justicia de primera instancia vulneraba "los principios de tipicidad, proporcionalidad, la libertad de trabajo; el libre emprendimiento de actividades económicas y se trata, además, de situaciones que producen efectos arbitrarios y discriminatorios".

Para Turbus, los argumentos utilizados en la sentencia del tribunal laboral infringen la libertad de empresa o libertad económica asegurada en la Constitución Política.

"Se vulneró el derecho de Turbus a establecer y determinar su propia organización empresarial y de trabajadores o recursos humanos; la libertad en la contratación y dirección de la empresa; afectando la libertad de adoptar sus propias decisiones que inciden en puestos de trabajo que ni siquiera son exigidos por ley; de determinar la modalidad en que se desarrollará su actividad económica, que estimara conveniente a sus intereses y capacidad económica", dice el texto ingresado por la firma al TC.

Sin embargo, pese a los argumentos, el TC declaró inadmisible el requerimiento.

El abogado del sindicato, Jorge Arredondo, socio de Albagli Zaliasnik, señaló que el TC declaró inadmisible el recurso por cuestiones formales, y agregó que se trata de un juicio relevante, ya que grafica que "hay una priorización respecto de la vida y salud de los trabajadores".

"La crisis sanitaria le ha dado un mayor valor a importancia a la vida. También es relevante cómo eso tiene una aplicación más concreta, en este caso puntual en los conductores, donde una medida supuestamente fundada en razones sanitarias en rigor no cumplió el test de proporcionalidad y de justificar que es una medida razonable e idónea, sino que más bien al parecer tenía un sustento económico", dijo Arredondo.

Por ahora, tanto el sindicato como la empresa esperan que avance la tramitación del caso en la Corte de Apelaciones. La empresa fue consultada el respecto, pero no entregó declaraciones.

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