Gobierno aterriza los cambios a las normas para destrabar proyectos con bajo impacto ambiental que no pasan por el SEIA
A inicios de mes, el Comité de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobó cambios al reglamento del SEIA que modifican los umbrales que deben cumplir las iniciativas para requerir solamente autorizaciones sectoriales. Algunas databan incluso de 1997.
Por: Sebastian Valdenegro
Publicado: Lunes 23 de junio de 2025 a las 04:00 hrs.
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, junto con la ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas.
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El Gobierno está dando pasos claves para modificar el tan cuestionado sistema de permisos ambientales para proyectos de inversión, lo que se conoce coloquialmente como la permisología.
La semana pasada, el Senado despachó a tercer trámite a la Cámara de Diputados el proyecto que actualiza el marco de permisos para proyectos, uno de los principales anhelos del sector privado y del equipo económico de la administración de Gabriel Boric.
Pero no es lo único que está realizando el Ejecutivo en esta materia. También hay medidas administrativas para descongestionar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que han mostrado avances relevantes en los últimos días.
Uno de ellos es la reciente aprobación, a inicios de junio, de un nuevo reglamento del SEIA, acordado en el marco del Comité de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, instancia encabezada por la ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas, y que integran también las carteras de Economía, Hacienda, Desarrollo Social, Educación, Obras Públicas, Vivienda, Agricultura, Minería, Energía, Bienes Nacionales y Transportes.
Se trata de la mayor actualización del reglamento del SEIA desde fines de los ‘90 y se relaciona con la actualización de los umbrales que deben cumplir los proyectos de inversión para eximirse de su paso por el SEIA, al considerarse que su impacto sobre el medioambiente es acotado.
En su lugar, las iniciativas quedan sujetas a los permisos sectoriales de la cartera respectiva. Algunos criterios estaban vigentes incluso desde 1997.
La ministra Rojas explica que la reciente modificación al reglamento, denominada “Fase 2”, hará “más eficiente” la evaluación ambiental de los proyectos de inversión “sin disminuir los estándares”.
“La mejora permite que los proyectos de menor tamaño y aquellas modificaciones de proyectos que ya cuenta con una autorización ambiental, sin impactos ambientales relevantes, no pasen por una evaluación ambiental, siendo reguladas por los permisos sectoriales correspondientes. Así, el sistema podrá concentrarse en las iniciativas con impactos ambientales relevantes”, dice la autoridad.
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, enfatiza en la misma línea de que la idea no es disminuir los estándares ambientales, sino por el contrario hacer más simple el sistema y evitar una “doble evaluación” en el SEIA y en la autoridad sectorial respectiva.
“Lo que se busca es que los esfuerzos de quienes tienen que analizar un proyecto en el SEIA estén efectivamente en los grandes proyectos de inversión, que tiene un impacto relevante sobre el medioambiente, y no en proyectos de menor envergadura... Esto también moderniza umbrales que habían sido establecidos en otros momentos, cuando las industrias se regían por estándares muy distintos a los actuales, por lo que se reconoce también el cambio que ha habido en las tecnologías”, complementa la subsecretaria.
Nuevos umbrales
La modificación del reglamento revisó 19 tipologías de proyectos y actualizó los umbrales de ingreso, de manera que proyectos de menor envergadura, sin impactos ambientales relevantes, no deban pasar obligatoriamente por una evaluación, siendo regulados en cambio por otros permisos sectoriales.
Las tipologías se relacionan con las condiciones que tienen que cumplir proyectos de acueductos, embalses, tranques y sifones; líneas de transmisión eléctrica; centrales generadoras de energía; reactores y establecimientos nucleares e instalaciones relacionadas; aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles; puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos; proyectos de desarrollo urbano o turístico; iniciativas industriales o inmobiliarias; proyectos de desarrollo minero; oleoductos, gasoducto, ductos mineros u análogos; instalaciones fabriles; agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales; proyectos de desarrollo o explotación forestal; proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos; producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas; proyectos de saneamiento ambiental; ejecución de obras, programas o actividades en áreas colocadas bajo protección oficial; aplicación masiva de productos químicos; proyectos de desarrollo, cultivo o explotación en las pareas (agujeros perforados) mineras, agrícolas, forestales e hidrobiológicas que utilicen organismos genéticamente modificados; y la ejecución de obras y actividades que puedan significar una alteración física o química a humedales urbanos.
Los ejemplos
Actualmente, una línea de transmisión eléctrica debe tener una tensión igual o menor a 23 kilovoltios para eximirse de ingresar al SEIA. Ahora, se agrega también como requisito que su longitud sea menor a dos kilómetros.
Otro ejemplo. Para que una estación de servicio cumpla con los criterios para no pasar por el SEIA y ser revisado sectorialmente, debe tener una capacidad de almacenamiento menor a 200 mil litros. Con el nuevo reglamento, dicho umbral se alza a menos de 850 mil litros.
Un proyecto de desarrollo turístico hoy no pasa al SEIA si la superficie predial que lo engloba es menor a 15 mil metros cuadrados. Con el nuevo reglamento, se aclara que los 15 mil metros cuadrado se refiere a la superficie intervenida, reconociendo así que no toda la superficie es efectivamente utilizada en dicho sector.
Un proyecto minero no pasa por el SEIA si su capacidad de extracción es menor a 5 mil toneladas al mes. A partir de ahora se incorpora una excepción para los proyectos que, contando con resolución de calificación ambiental (RCA) favorable y vigente para la disposición de residuos mineros, contemplen el reprocesamiento de relaves o la valorización de residuos mineros.
Asimismo, también se revisaron los umbrales para los proyectos que impliquen el transporte o almacenamiento de sustancias tóxicas, explosivas, inflamables, y corrosivas o reactivas.
Desde Medio Ambiente explican que solo sobre los cambios de tipologías afectan a aproximadamente el 5% del total de proyectos ingresados los últimos cinco años. Pero que eso no considera el cambio en las reglas para modificación de proyecto, lo que beneficiará a todos los proyectos que ya cuenten con una RCA, y que deberá analizarse caso a caso dependiendo las modificaciones que vayan a incorporar.
Los próximos pasos
El anteproyecto del nuevo reglamento fue presentado a fines de febrero de este año, para luego abrir un proceso de consulta pública el febrero por 40 días hábiles. Berner explica que se recibieron 693 observaciones de parte de la comunidad.
Ahora, lo que resta es que el reglamento sea enviado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres), previa firma del Presidente de la República, Gabriel Boric, a la Contraloría General de la República para la toma de razón.
La subsecretaria de Hacienda espera que hacia fines de este año el reglamento esté íntegramente listo para su entrada en vigencia.
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