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Los cambios a la propiedad privada que promueve en la Convención Rumbo Colectivo

Dentro de la propuesta del centro de pensamiento ligado a RD, hay modificaciones al estatuto de propiedad de los recursos naturales y a las expropiaciones.

Por: Pamela Cuevas V. | Publicado: Martes 10 de agosto de 2021 a las 04:00 hrs.
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Matías Guiloff Académico de la UDP. Viviana Ponce de León docente UACH. Nicolás Perrone académico de UAB.
Matías Guiloff Académico de la UDP. Viviana Ponce de León docente UACH. Nicolás Perrone académico de UAB.

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Cambios al estatuto de propiedad de los recursos naturales y simplificar la expropiación es parte de lo que plantea incluir el centro de pensamientos ligado a Revolución Democrática (RD), Rumbo Colectivo, en la nueva Constitución.

La propuesta, elaborada por los abogados Matías Guiloff, Viviana Ponce de León y Nicolás Perrone, apunta a una visión minimalista en cómo abordar la propiedad privada: será el legislador y no el constituyente el que esté en mejor pie para dar estabilidad según el contexto político, social y económico sobre el uso de un determinado recurso.

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Así, aconsejan no replicar lo que hoy está consagrado para la explotación y exploración de los recursos minerales y los derechos de aprovechamiento de aguas, es decir, no establecer derechos de propiedad privada sobre las concesiones que permiten esto.

Los académicos de la UDP, UACH y UAB, promueven que en el texto se reconozcan “bienes comunes no susceptibles de apropiación privada, cuya definición debe ser materia de ley”. Dichos bienes, pueden ser recursos naturales o no.

Esto, aclara Guiloff, no significa que se impida el uso por parte de los privados, sino que busca que el legislador defina los regímenes asegurando la sustentabilidad en relación a la función social.

Como referentes para aplicar esto menciona que se puede definir como un deber del Estado administrar los bienes comunes en beneficio de la comunidad, como ocurre en Hawái y Alaska.

En el primer caso, los recursos naturales públicos son administrados fiduciariamente por el Estado para el beneficio de la gente; mientras que en el segundo, la Constitución define que el legislador deberá lograr el máximo beneficio de los habitantes del Estado cuando regule el uso, explotación y conservación de los recursos naturales que le pertenecen.

Además, señala que los peces, animales silvestres y aguas en estado natural, quedan reservados para el uso común del pueblo.

Simplificar las expropiaciones

Otro aspecto que aborda la propuesta -y que se presentará hoy en un seminario junto a los constituyentes Christian Viera (lista del Apruebo) y Elisa Giustanovich (representante de los Movimientos Sociales Constituyentes), es la simplificación de la expropiación.

“No todos los bienes expropiables son homologables, ni todas las circunstancias de expropiación son predecibles de antemano”, explica Guiloff, por lo que apunta a eliminar el detalle del pago a valor de mercado junto a otras condiciones como la forma y oportunidad de éste.

Así en la nueva Carta Fundamental sólo se dejarían dos garantías básicas para estos procesos: la necesidad que exista una ley; y la posibilidad de impugnar por parte del afectado.

Con esto, se eliminan las especificaciones como que se deberá indemnizar el daño efectivamente causado (esto es, el valor de mercado del bien); todo lo que se prevé ante falta de acuerdo (que el pago será en dinero efectivo y al contado) y la oportunidad de la expropiación (que ella solo puede ser con posterioridad al pago total de la indemnización).

Todo esto bajo la lógica de que “la manera en que se lleve a cabo una expropiación sea sensible a la singularidad de la situación”, señala Guiloff.

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