Experta en competencia: “Si el regulador chileno bloquea las compras de startups por parte de las Big Tech, irán a comprar a otro país”
Eleanor M. Fox, académica de NYU y exasesora del presidente Bill Clinton, dice que, en este aspecto, el modelo legislativo de EEUU ofrece mayor flexibilidad en las M&A.
Por: Isabel Ramos Jeldres
Publicado: Viernes 3 de diciembre de 2021 a las 10:37 hrs.
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Existen dos modelos de regulación a las grandes compañías tecnológicas que en Chile se miran con atención: el de Estados Unidos y el de la Unión Europea. Pero la académica de la Universidad de Nueva York (NYU), Eleanor M. Fox, apunta a un tercero: el del Reino Unido.
Fox, quien fue socia del estudio Simpson Thacher & Bartlett, integrante de la Comisión Antimonopolio del presidente estadounidense Jimmy Carter y del Comité Asesor en Competencia Internacional del presidente Bill Clinton, participó esta semana en un encuentro con abogados chilenos organizado por Red ProCompetencia.

En el evento las preguntas se centraron en cuál modelo podría ser el mejor referente para nuestro país. Para la experta no hay una respuesta inequívoca. En el caso de EEUU, la Ley Sherman es la que se utiliza para atacar los abusos de las grandes tecnológicas. Esa legislación "tiene muy pocas palabras. Dice, básicamente, que no se puede monopolizar. Y eso significa tener poder de monopolio y realizar actos anticompetitivos", explica Fox.
El problema es que las llamadas Big Tech no conspiran con sus competidores, sino que realizan actos unilaterales de abuso de posición dominante, por ejemplo, y por lo tanto quedan fuera del alcance de la ley, detalla.
A eso se suma que "en EEUU está la visión de que nosotros cultivamos estas firmas grandes e innovadoras. Nadie más lo ha hecho. Y lo hicimos porque tenemos un entorno que les da una gran libertad, y no inventarán ni invertirán si les ponemos muchas cargas. Ese es el punto de vista de la ley estadounidense en este momento".
Sospecha europea
Al otro lado del Atlántico, la ley que regula el abuso de posición dominante es mucho más estricta. Eso pasa porque en la UE "tienen razones para sospechar en base a su historia. Muchas de las grandes empresas actuales eran estatales, y obtuvieron su lugar a través del privilegio".
La académica cuenta que "en la UE tienen además una legislación que está a punto de aprobarse, que se llama Ley de Mercados Digitales (DMA, su sigla en inglés), y complementa la ley de abuso de posición dominante. De hecho, señala 18 prácticas que las plataformas de Big Tech no pueden hacer, como cortar la interoperabilidad o darle preferencia a sus propios productos en su propia red. Entonces, incluso con su estándar, que es un abuso de posición dominante más amplio que una monopolización, sienten que las grandes empresas de tecnología tienen un poder de mercado muy significativo".
El modelo británico es parecido, pero tiene otros énfasis. "Es curioso que jurisdicciones tan cercanas entre sí tengan diferentes modelos porque hay una convergencia interesante, están una al lado de la otra y solían ser parte de la otra", comenta.
"El Reino Unido tiene más flexibilidad para las empresas y quiere tratar con ellas dados sus propios modelos comerciales separados. La ley no quiere interferir innecesariamente con los aspectos positivos de sus modelos comerciales, por lo que son más flexibles para trabajar con cada red para ver cómo se mantiene lo que es bueno del modelo, prohibir abusos y permitir defensas", explica Fox.
Chile: protección de las startups
En este escenario, la experta asegura que nuestro país debería recoger la mayor libertad que promueve la legislación estadounidense para proteger los emprendimientos tecnológicos. "Las startups chilenas quieren tener un mercado para vender, y eso es un problema para un país pequeño. Pero podrían conseguir capital inicial porque creen que podrían conseguir un buen nicho, con la posibilidad de ser compradas por una firma como Facebook. Por eso, si el regulador bloquea las fusiones y adquisiciones, irán a comprar a otro país", dice.
En las demás áreas, continúa, diría que están alineados con lo que está haciendo la UE y el Reino Unido.
Además, recomienda una mayor colaboración "con vecinos geográficos adyacentes u otros países que estén en una posición similar, como Sudáfrica. La colaboración significa compartir experiencia empírica sobre los problemas que han tenido con las Big Tech, si hay prácticas anticompetitivas que los estén lastimando".
Otra referencia, asegura, puede ser un informe publicado hace unos días por el G7 titulado "Compendio de enfoques para mejorar la competencia en los mercados digitales", que muestra los elementos comunes de distintos países para abordar las preocupaciones sobre el ejercicio de poder de mercado de las plataformas tecnológicas. El reporte incluye, además de las prácticas del G7, el enfoque que adoptó Sudáfrica, Corea del Sur, India y Australia.
Derecho al olvido
La ley de la Unión Europea es la más estricta en regular el abuso de posición dominante de las grandes empresas tecnológicas. Para Eleanor M. Fox, una de las interrogantes es si las Big Tech van a aplicar para el mundo lo que les están demandando en la UE. La experta menciona como ejemplo el derecho al olvido. "Se aplica de manera tan amplia que cualquier empresa que haga negocios en la UE tiene que cumplir. Y eso incluye a casi todo el mundo". Sin embargo, aclara, cuán legítimo es el alcance extraterritorial es algo muy controvertido.
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