Caso Penta: Hugo Bravo no logra indemnización por $ 2.300 millones por despido injustificado
El holding ligado a Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín deberá pagar al ex ejecutivo sólo $ 35 millones por cada mes de despido.
Por: Nidia Millahueique Martínez, Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 11 de febrero de 2015 a las 15:58 hrs.
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Una cifra considerablemente inferior a la esperada consiguió Hugo Bravo en la disputa con el grupo Penta por despido injustificado, en la denominada arista laboral del caso.
Es que el tribunal decidió que el holding ligado a Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín deberá pagar al ex ejecutivo una suma de $ 35,7 millones por cada mes en que no fueron canceladas las cotizaciones previsionales desde julio de 2014.
La cifra totaliza unos $ 285 millones, muy inferior a los $ 2.300 millones que esperaba Bravo.
Aunque su abogado defensor, Anderson Weldt, admitió que "claramente" no es lo que habían pedido, se apresuró a decir que "no es un fracaso".
"Lo que hizo el Tribunal es decir que en el minuto en que se despidió a Hugo Bravo habían deudas de cotizaciones previsionales. Una de las acciones que esta parte interpuso en contra de inversiones Penta 3 (...) Las otras acciones hay que analizarlas", explicó.
"El tribunal señala que acoge la acción de nulidad del despido, sobre la base de $ 35.700.000, por lo tanto, quedó acreditado en el proceso que Hugo Bravo ganaba remuneracionalmente los $ 35.700.000 que esta defensa señaló que ganaba", añadió.
Respecto a la determinación de si en definitiva existió o no el supuesto despido injustificado que acusaba Bravo, Weldt dijo que para ello "hay que hacer un análisis jurídico que claramente no es del caso hacer en este minuto".
Una interpretación completamente distinta del fallo realizó la defensa de Délano y Lavín. Maria Paz Inhem, abogada de inversiones Penta 3, sostuvo que la sentencia dictada por el juzgado establece que el finiquito de Bravo es plenamente válido, y por ende el motivo de su despido, "es decir, que incumplió gravemente las obligaciones contractuales de su contrato de trabajo".
En esa línea, Inhem explicó que dicho finiquito es aceptado por Hugo bravo y por tanto es una verdad procesal.
"En ese entendido, nosotros no estamos mayormente interesados en modificar ese criterio del tribunal y nuestra parte sólo ha sido condenada al pago de imposiciones correspondientes al señor Hugo bravo. Es muy importante tener presente que en esa materia es sólo un período de cuatro meses de imposiciones no pagadas, periodo en el cual Hugo Bravo era el gerente general y el responsable legalmente de pagar esas cotizaciones", agregó.
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