Sernac: se eliminan “cláusulas de amarre" en contratos de empresas de rescate médico
Respecto a las cláusulas de amarre, los contratos tendrán una duración de 1 año y después de ese plazo los consumidores podrán terminar con el servicio sin ninguna barrera, sólo enviando una carta.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 3 de enero de 2012 a las 13:07 hrs.
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Tal como ya lo ha hecho antes en importantes mercados, el Sernac analizó los contratos de las empresas de rescate médico domiciliario para verificar que se estén respetando los derechos de los consumidores.
El organismo detectó que varias cláusulas de los contratos tanto de la empresa Help y la Unidad Coronaria Móvil, podrían dejar abierta la posibilidad de abusos y exigió el ajuste total en el marco de una mediación colectiva.
Las principales cláusulas objetadas por el Sernac son las “de amarre” o aquellas que ponen barreras al consumidor para terminar el contrato al renovarlo automáticamente por un año o más. De esta forma, se mantiene al consumidor cautivo del Servicio sin que pueda salir aunque ya no lo necesite o no lo quiera.
Asimismo, el Servicio exigió la eliminación de las cláusulas en que la empresa se exime anticipadamente de responsabilidad ante sus incumplimientos e impiden al consumidor reclamar. Por ejemplo, en caso de atrasos que se atribuyen a “fuerza mayor” por congestión vehicular o lo inaccesible del lugar.
Sin embargo, a juicio del Sernac una empresa profesional que se dedica a este negocio, debe prever esas situaciones que son de común ocurrencia y, de existir un caso de fuerza mayor, deberá probarlo.
Otras cláusulas detectadas fueron aquellas donde la empresa puede aumentar o reajustar el valor del servicio sin consentimiento del consumidor, otras que permiten a la empresa no prestar el servicio en caso de que el consumidor esté atrasado en el pago de la cuota sin antes evaluar si se trata de un caso de emergencia, cláusulas donde la empresa declara que por ningún concepto devolverán dinero y contratos con espacios en blanco y letra chica (menor a lo que exige la Ley de 2,5 milímetros)
Ambas empresas ajustaron el 100% de las cláusulas objetadas y deberán informar a sus clientes de los nuevos contratos lo que beneficiará a 200 mil clientes.
Respecto a las cláusulas de amarre, los contratos tendrán una duración de 1 año y después de ese plazo los consumidores podrán terminar con el servicio sin ninguna barrera, sólo enviando una carta en dicho sentido. Asimismo, los aumentos de precio deberán ser con el consentimiento del consumidor o responder a parámetros objetivos.
Juan Antonio Peribonio, director del Sernac, señaló que se le está devolviendo al consumidor su libertad de elegir pues “es inaceptable que una empresa mantenga a los consumidores como presos de un servicio que no quieren. Ya es hora de que entiendan que la mejor forma de mantener la fidelidad de sus clientes no es con contratos que los mantengan cautivos, si no entregando un buen servicio”.
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