SP propone que AFP respalden negocios de inversión por 10 años
Las nuevas reglas podrían complicar a las administradoras, dado el costo que implica su implementación.
Por: Camila Araya
Publicado: Jueves 7 de enero de 2016 a las 04:00 hrs.
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Una mayor exigencia enfrentarán las AFP a partir del 1 de junio de este año, si se dictan y entran en vigencia las nuevas normas de la Superintendencia de Pensiones (SP).
Esto porque las propuestas que puso ayer en consulta podrían implicar un alto costo para aquellas administradoras que están más atrasadas en sistemas de respaldo.
En ese contexto, la SP propone que se definan “procedimientos, políticas internas e implementar mecanismos para que toda negociación, instrucción o transacción respecto a instrumentos, operaciones o contratos financieros, tanto en el mercado nacional como en el extranjero, que realice la Administradora, ya sea con recursos propios o de los Fondos de Pensiones, vía comunicación telefónica o algún otro medio autorizado por la Administradora en su política interna, quede debidamente registrada, documentada, respaldada y a disposición de esta Superintendencia”.
Las AFP también tendrían que garantizar que los mecanismos o sistemas que utilice, sean propios o subcontratados, “permitan que los registros, documentos y respaldos de las comunicaciones o negociaciones permanezcan íntegros e inalterables en el tiempo”.
De esa forma, “tales mecanismos y sistemas deberán contar con opciones de consulta expeditas que permitan obtener toda la información que la Superintendencia necesite para el cumplimiento de sus labores de fiscalización”.
Por lo anterior, dichos registros deberán contar con fecha, hora e identificación del operador o usuario que ejecutó la orden.
Plazos propuestos
El regulador también evalúa exigir que se mantenga toda la documentación de respaldo de las negociaciones, instrucciones y transacciones de las AFP, por un plazo no inferior a diez años.
En esa misma línea, la superintendencia liderada por Tamara Agnic también propone “establecer instancias de revisión muestral por un área independiente del área de inversiones, con una periodicidad al menos anual, de los respaldos”.
Los resultados de las revisiones, añade, “se deberán informar al comité de auditoría del Directorio, dando énfasis en los reparos levantados”.
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