Gobierno publica decreto para evitar racionamiento eléctrico: distribuidoras podrían bajar voltaje
Además, el documento incluye la forma bajo la cual se podrían hacer cortes a clientes finales en el caso que fuera necesario, aunque las medidas apuntan a no llegar a ese escenario más extremo.
Por: Karen Peña y Andrés Pozo
Publicado: Miércoles 18 de agosto de 2021 a las 04:00 hrs.
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Una serie de medidas para evitar llegar a una situación donde sea necesario aplicar medidas de racionamiento eléctrico, incluye el gobierno en el decreto con medidas que este miércoles se publica en el Diario Oficial.
Según el documento, este comenzará a regir de inmediato y no es necesario esperar que la Contraloría tome razón. Además, se extenderá hasta el 31 de marzo de 2022, lo que coincide con el año hidrológico, y -probablemente- la etapa más dura en la operación del sistema eléctrico, porque a la falta de agua se sumarán altas temperaturas.

Uno de los ejes que incluye el documento es que se podrán acelerar las conexiones de proyectos que estén en etapas avanzadas, para lo cual se mandata al Coordinador Eléctrico, el organismo técnico e independiente que supervisa el funcionamiento del sistema, que agilice los tiempos de revisión de antecedentes.
El documento aborda dos tópicos con miras a la gestión de empresas de distribución eléctrica. Primero, les encomienda agilizar la conexión de pequeños medios de generación distribuidos (PMGD). Incluso abre una opción de que se puedan presentar reclamos ante la superintendencia del ramo, si es que no lo hacen.
Pero además, se permitirá el relajamiento de normas de calidad de servicio en las redes de distribución, por ejemplo permitiendo bajas en el voltaje. En la industria estiman que si bien la efectividad de esta medida es discutible, podría ayudar en algunas situaciones más críticas.
En otros tópicos, el documento considera que en materia de reservas hídricas para generación, el Coordinador deberá realizar un monitoreo permanente.
Del mismo modo, se encarga realizar una optimización permanente al programa de mantenimientos preventivos mayores de las centrales del sistema, donde el Coordinador deberá pronunciarse sobre la pertinencia o no de hacer estas labores. Además, los primeros siete días de cada mes, este organismo deberá informar la disponibilidad de cada una de las centrales del sistema.
Respecto a la disponibilidad de combustible -elemento que se ha vuelto crítico en la actualidad, especialmente de diésel y gas-, el decreto señala que las generadoras deberán “realizar los mejores esfuerzos para disponer al máximo de las capacidades de infraestructura existentes, tanto de regasificación como de trasporte de GNL”. En general, las empresas que tengan indisponibilidad de combustible deberán acreditar ante el Coordinador que han efectuado los mayores esfuerzos contractuales para disponer de combustible para la operación permanente de la central.
El séptimo capítulo del documento considera procedimientos para administrar los déficits de electricidad que pudieran generarse, señalando que -por ejemplo- si se diera esta situación los programas de corte deberán ser comunicados al ministerio, a la CNE y a la superintendencia con una anticipación mínima de 36 horas. “Una vez comunicados, serán informados, oportunamente, a la población por las empresas, en la forma que el Ministerio determine”, detalla.
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